Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Pesca a mosca seca

PESCA A MOSCA SECA

Truchas pescadas a mosca secaEL MATERIAL

La caña

Todas las cañas están numeradas siguiendo las especificaciones de la Asociación de Fabricantes de Cañas de Pesca con Mosca (AFTM) y éste será el número de referencia para:

1. El tipo de pesca que vayamos a realizar.
2. El carrete que vayamos a utilizar.
3. La línea que pongamos en el carrete.
4. El bajo de línea que tengamos.

Existen cañas con talón de combate para luchas con grandes peces.

Vuestra caña es del número 4, caña moderna de fibra de carbono, ligera y flexible. Es aconsejable para pesca en ríos, lanzados medios evitando los grandes señuelos o muy lastrados.

Las cañas tienen diferentes acciones dependiendo del material utilizado siendo:

1. De acción de punta.
2. De acción media.
3. De acción de mango.

La velocidad dependerá de ésta acción, siendo más rápidas las de acción de punta y menos las de mango.

Vuestra caña es de acción media.

La empuñadura es de corcho con diferentes formas (de huso, de cigarro, etc.). Y permite sujetar firmemente la caña, con suavidad, pero con firmeza.

El carrete

El carrete tiene como única finalidad guardar la línea. Los hay de diferentes tipos, pero siempre buscando la ligereza. Existen carretes sin frenos, con frenos de carraca y de disco (mas usados para pesca con AFTM altos y luchas con grandes peces).

Además existen carretes automáticos y semiautomáticos.

El carrete tiene su propia numeración y debe estar de acuerdo con la caña.

El backing

El backing es una línea de seda o materiales ligeros, que va al principio de la línea, estando unido al carrete por un nudo doble especial.

La línea

Las líneas son de seda y de materiales plásticos, las flotantes con inyección de burbujas de aire y alma de filamento.

Debemos elegir la línea según la numeración AFTM, para estar de acuerdo con la caña que estemos usando. Las cañas suelen soportar líneas hasta un número por encima y por debajo del marcado en la misma.

Las líneas según su grado de flotabilidad serán:

1. Flotantes (F).
2. Hundidas (S).

Con hundimiento rápido.
Con hundimiento medio.
Con hundimiento lento.
Suspendidas.

Dependiendo del huso de la línea, existen varios tipos y su alcance será diferente:

1. De doble huso (DT).
2. De Huso descentrado (WF).
3. De Peso adelantado (Shooting, Bugs, Salwater, etc.).
4. Uniformes.

El bajo de línea

Los bajos de línea van unidos a la línea mediante lazos o nudos especiales y conectan con el terminal o la mosca. Existen de diversas tipos:

1. Con calibre uniforme teniendo que unir varios calibres decrecientes para prolongar la línea hasta la mosca, con numeraciones X0 a X8. O con calibre decreciente para continuar la línea hasta el terminal o la mosca correspondiendo la numeración con el diámetro final del bajo.
2. De monofilamento o trenzados.
3. Flotantes o hundidos.

El terminal

Es un trozo de monofilamento que unirá mediante un nudo especial el bajo de línea con la mosca. Los diámetros variarán dependiendo del bajo de línea que estemos usando.

Con monofilamentos seguirá decreciendo a la numeración del bajo de línea.

Si usamos un bajo de línea trenzado, el terminal podrá ser desde un 0,20 a un 0,10 de diámetro dependiendo de lo que queramos pescar o de la mosca que estemos usando. A mosca menor o pez más selectivo el terminal será mas fino.

Conviene llevar un par bobinas con diferentes diámetros y montar él mas adecuado a orillas de río.

MONTAJE DE LOS DIFERENTES ELEMENTOS DE PESCA

El montaje de los diferentes elementos que vamos a utilizar para pescar es el siguiente:

1. Se coge el Backing y se anuda al carrete.

2. Se coge la Línea por su extremo y se une al Backing con un nudo de aguja, traspasando, o no, la línea previamente.

3. Se coge el final de la línea y se une mediante nudo, con conector o con lazo al Bajo de línea.

4. Se coge un Terminal que podría ser de 1 a 1,5 m. y se une al bajo de línea con lazo o con conector.

5. Se elige una Mosca y se anuda al final del terminal.

En la técnica de pesca ahogada (usando moscas ahogadas de León) podemos unir varias moscas al terminal (generalmente 3) a una distancia de unos 35 cm. entre ellas y 15 cm. del terminal. Colocaremos dos moscas ahogadas seguidas y al final una mosca seca de conjunto y llamativa que actuará de atractora.

Montaje de los elementos

COMENTARIOS SOBRE EL LANCE

El lance, no lo olvidemos, sirve para llevar la mosca a un sitio determinado incluso desde la misma posición de pesca, así que en muchas ocasiones los tipos de lanzado se irán alternando dependiendo de los obstáculos detrás o delante nuestra.

Es nuestra práctica la que nos permitirá siempre posar la mosca en el sitio deseado con la presentación que queramos.

Veremos que podemos alternar un lance rodado desde una posición con un lance curvo en la misma con otro de espaldas. Para llevar la mosca a posarse en diversos lugares del río y que derive de forma diferente por acción de la corriente.

LA POSADA

Es la acción de posar la mosca en el agua.
Debemos tener en cuenta que detrás de la mosca existe el terminal, detrás el bajo de línea y detrás de éste una línea, gruesa y muy llamativa. En todo momento lo más importante es no delatar nuestra presencia ni asustar al pez.

Pesca a mosca seca
La mosca imita un insecto volador.
La mosca está posada sobre la película del agua, derivando corriente abajo o parada en una zona sin corriente.
Es la misión de éste lanzado imitar: Insectos que han salido de su estuche ninfa, secando las alas mientras derivan aguas abajo e insectos que se posan en el agua (hay insectos que se posan para poner huevos) haremos posadas suaves, apenas perceptible. También hay caída de insectos en el río (caídas accidentales de insectos por ráfagas de viento) éstas son posadas escandalosas.

PICADA CON MOSCA SECA

La mosca esta sobre el agua, parada o derivando corriente abajo.

Aquí no hay dificultad para detectar la picada ya que veremos a al pez saltar (generalmente de forma estrepitosa) y atrapar la mosca, aunque también lo puede hacer mas suave.

En éste tipo de pesca es cuando más importante es el cachete.

Los pasos para la captura son los siguientes:

1. Estamos preparados, con la línea extendida sobre el agua.

2. Tenemos la línea cogida entre nuestro dedo índice y el mango de la caña quedando el resto de línea parte en el suelo sujeta con los dedos de la mano contraria a la caña y parte dentro del carrete.

3. Al verlo saltar, manteniendo la línea sujeta entre el dedo y el mango, levantamos la caña hasta que notemos la tensión y la caña se arquee.

4. Comenzamos a jugar con la línea que tenemos en la mano contraria a la caña dejando o recogiendo línea, pasando entre nuestro dedo índice y el mango y soltando o recogiendo línea según lo solicite el pez para mantener siempre la tensión.

5. Poco a poco lo iremos llevando hasta el salabre, recogiendo la línea y levantando el brazo de la caña hasta introducirlo.

6. Debemos recordar el grosor del terminal ya que aunque la lucha dure más no perderemos el pez con la imitación prendida en los labios.

LECTURA DEL RIO

Hasta ahora hemos visto COMO PESCAR, ahora veremos DONDE PESCAR. En los temas siguientes vamos a ser muy escuetos ya que serán las horas pasadas en el río las que nos enseñen.

Es la parte más difícil y que mas tiempo requiere, se necesita un aguzado sentido de la observación, paciencia, buenos consejos y muchos días de pesca.
Con los años iremos poco a poco comprendiendo al río, sus corrientes, las cuevas, zonas de aporte de alimento, etc. Otra cosa es comprender a los peces, cada uno tiene su propia forma de comportarse.

Veremos que la corriente no siempre es uniforme, bajando mas lentamente próxima las orillas, pero con gran variedad de remolinos a todos los niveles y en todos los tramos.

Preguntas como ¿Cuando es el mejor momento de ése día concreto para pescar?, ¿Donde se encuentra el pez?, ¿Que imitación usar?, ¿Como presentarlas?, etc. Irán siendo respondidas poco a poco. Recordemos que no hay normas fijas, son seres vivos que reaccionan no siguiendo un patrón estándar.

En líneas generales el pez:

1 Se comportará como nosotros en muchas de sus reacciones. Esta claro que con un cerebro pequeño, los instintos básicos le mantienen a salvo toda su vida. También tienen capacidad de aprendizaje, pero con olvidos a las pocas horas o en un día.

2. Estarán en zonas de menor trabajo cuando la temperatura no sea la adecuada, en zonas de mayor oxigenación cuando el río baje escaso de ello.

3. A mayor tamaño, menor trabajo por unidad de calorías ingeridas.

4. Se asustará mas si no esta acostumbrado a vivir con extraños fuera del agua o con muy poco ruido. El carácter gregario de algunos peces actuará a nuestro favor y otras veces en contra ya que hay “vigilantes” que advierten de los peligros al grupo.

Todas las cosas aprendidas influirán en la imitación a usar, lugar de pesca y presentación del engaño.

LA MOSCA

Uno de los grandes problemas que surgen en la pesca con mosca es precisamente la elección de las imitaciones a orillas del río. La enorme cantidad de modelos, colores, tamaños y formas, convierten esta elección en lo que parece el centro vital del deporte.

Sus diseños están basados en los alimentos de las truchas: peces y moscas sobretodo y en los varios estados intermedios que los insectos tienen. Cada pescador ha tratado de realizar sus propias y personales imitaciones, de forma que se han obtenido varias versiones de un mismo insecto. Si a esto le añadimos que con el paso del tiempo, los modelos se modifican de acuerdo a los diversos materiales que inundan nuestro mercado, nos podemos dar una idea de lo que significa IMITAR.

Modelos de moscas hay infinidad, a continuación mostramos unas cuantas para ver sus formas y colores, pero sin entrar a valorar cuales son las mejoras para según que. Lo mejor, a mi entender, es comprarlas en la zona en la que se va a pescar, ya que así nos informarán acerca de las que son más apetecibles en ese río.

Una muestra de moscas secas:


Una muestra de ninfas:
Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Normas y medidas 2004

- Normativa General de Pesca para Castilla y León

http://www.jcyl.es/jcyl-client/jcyl/cmaot/tkContent?idContent=15373&locale=es_ES&textOnly=false

- Normativa General de Pesca en España

http://www.jcyl.es/jcyl-client/jcyl/cmaot/tkContent?idContent=14986&locale=es_ES&textOnly=false

- Normativa pesca 2004 completa para Castilla Y León

http://www.jcyl.es/jcyl-client/jcyl/cmaot/tkContent;jsessionid=B15D52BAB41A094F6265481A044CECA5?idContent=15373&locale=es_ES&textOnly=false

- Normativa pesca 2004 en Asturias

http://www.todopesca.com/legisla/asturias/asturias2004.htm

RESUMEN NORMAS PESCA 2004

Fecha de B.O.C. y L.: Lunes, 1 de diciembre de 2003 B.O.C. y L. n.º 233

ORDEN MAM/1552/2003, de 28 de noviembre, por la que se establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año 2004.

El Título II de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León dispone el establecimiento anual de las normas reguladoras de la pesca en la Comunidad, define el contenido de dicha normativa y las condiciones de su publicación.

Considerando el Decreto 297/1999, de 18 de noviembre, de atribución de competencias de la Junta de Castilla y León al Consejero de Medio Ambiente y de desconcentración de otras en sus órganos directivos centrales y en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/1992, oídos los Consejos Territoriales y el Consejo de Pesca de Castilla y León y en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de Medio Ambiente

DISPONGO:

Artículo 1.– Especies pescables.

1.1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 20 y 24 de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León (en adelante Ley 6/1992), las especies que pueden ser objeto de pesca durante el año 2004 en las masas de agua de la Comunidad de Castilla y León, son las siguientes:

Trucha común (Salmo trutta)

Trucha arcoiris (Oncorhynchus mykiss)

Hucho o salmón del Danubio (Hucho hucho)

Salvelino (Salvelinus fontinalis)

Anguila (Anguilla anguilla)

Barbo común (Barbus bocagei)

Barbo de Graells (Barbus graellsii)

Barbo colirrojo (Barbus haasi)

Bermejuela (Chondrostoma arcasii)

Boga del Duero (Chondrostoma duriense)

Boga de río (Chondrostoma polylepis)

Madrilla (Chondrostoma miegii)

Bordallo (Squalius carolitertii)

Bagre (Squalius cephalus)

Cacho (Squalius pyrenaicus)

Carpa (Cyprinus carpio)

Carpín (Carassius auratus)

Gobio (Gobio gobio)

Tenca (Tinca tinca)

Piscardo (Phoxinus phoxinus)

Black-bass o perca americana (Micropterus salmoides)

Lucio (Esox lucius)

Asimismo, será pescable la rana común (Rana perezi) en las masas de agua relacionadas en el Anexo IX.

El cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) podrá ser objeto de pesca en los términos especificados en los artículos 2, 4 y 5 de la presente Orden.

1.2. Las especies no incluidas en el punto anterior se devolverán inmediatamente a las aguas de procedencia, cualquiera que sea su dimensión, con excepción de lo dispuesto en el apartado siguiente.

1.3. Las siguientes especies exóticas: lucioperca (Sander lucioperca), perca-sol (Lepomis gibbosus) y pez gato (Ameiurus melas), podrán ser capturadas en las condiciones reguladas en la presente Orden. No obstante, considerándolas, a efectos de la presente Orden, como especies nocivas para los ecosistemas acuáticos de Castilla y León y potencialmente invasoras de los mismos, no se autoriza la devolución a las aguas de cualquier ejemplar que pudiera capturarse de las citadas especies, debiendo ser sacrificado de forma inmediata, al objeto de evitar su progresión e introducción en otras masas de agua de Castilla y León.

1.4. El cangrejo rojo de las Marismas (Procambarus clarkii) podrá ser capturado en las condiciones reguladas en la presente Orden y únicamente en las masas de agua relacionadas en el Anexo VIII. No obstante, considerando a esta especie de cangrejo, a efectos de la presente Orden, como nociva para los ecosistemas acuáticos de Castilla y León y potencialmente invasora de los mismos, no se autoriza la devolución a las aguas de cualquier ejemplar que pudiera capturarse de la citada especie, al objeto de evitar su progresión e introducción en otras masas de agua de Castilla y León.

1.5. Conforme a lo dispuesto en el artículo 24.3. de la Ley 6/1992, los ejemplares de blenio de río o fraile (Salaria fluviatilis) –especie catalogada por el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas– presentes en la zona nordeste de Castilla y León, que eventualmente pudieran capturarse, serán devueltos a las aguas de forma inmediata, procurando ocasionarles el mínimo daño en su manejo.

Artículo 2.– Épocas hábiles.

2.1. Truchas y salvelino:

En aguas libres: Zona Norte (provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora): Desde el primer domingo de abril (4 de abril de 2004) hasta el 31 de julio de 2004, ambos inclusive, con las excepciones incluidas en los Anexos I y II de la presente Orden.

Zona Sur (provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid): Desde el tercer domingo de marzo (21 de marzo de 2004) hasta el 31 de julio de 2004, ambos inclusive, con las excepciones incluidas en los Anexos I y II de la presente Orden.

En cotos de pesca: Según su reglamentación específica, expresada en el Anexo VI de la presente Orden.

En las aguas en régimen especial: Según su reglamentación específica, expresada en los Anexos III y IV de la presente Orden.

2.2. Hucho: Desde el segundo domingo de mayo (9 de mayo de 2004) hasta el 31 de agosto de 2004, ambos inclusive.

2.3. Cangrejo rojo: Desde el último domingo de junio (27 de junio de 2004) hasta el 31 de diciembre del 2004, ambos inclusive, con las excepciones establecidas en el Anexo VIII.

2.4. Cangrejo señal: La Consejería de Medio Ambiente dictará la oportuna norma indicando, entre otros aspectos, su período hábil de pesca y las masas de agua en que se autorizará la misma.

2.5. Rana común: Se permite la pesca de la rana común durante el período comprendido entre el 1 de julio y el día 30 de septiembre de 2004, ambos inclusive. En los tramos libres de las aguas declaradas trucheras, el período de pesca concluirá con el cierre de la pesca de salmónidos en los mismos, pudiéndose únicamente proseguir la pesca hasta el 30 de septiembre en las aguas trucheras incluidas en el Anexo IX que también estén comprendidas en el Anexo II (excepciones a la fecha de cierre para la pesca de la trucha y el salvelino) o en el Anexo IV (Masas de agua en régimen especial).

2.6. Otras especies pescables:

En aguas libres no declaradas trucheras: Todo el año.

En aguas libres declaradas trucheras: Durante el período hábil de la trucha, con las excepciones incluidas en el Anexo IV.

En cotos de pesca: Según su reglamentación específica, expresada en el Anexo VI.

Artículo 3.– Días hábiles.

3.1. En las aguas libres no declaradas trucheras: Todos los días. En estas aguas, en la época hábil de la pesca de la trucha, los lunes y jueves deberán devolverse de forma inmediata a las aguas de procedencia las truchas que se pudieran pescar.

3.2. En las aguas libres declaradas trucheras:

a) Durante el período hábil de la trucha, todos los días, excepto los lunes que no sean festivos de carácter nacional o autonómico. Queda excluida de la prohibición de pescar los lunes la captura de los cangrejos que la tuvieran autorizada. Los jueves se consideran como «día hábil», pero la pesca de los salmónidos únicamente podrá practicarse en la modalidad «sin muerte», incluso cuando fueran festivos, debiendo devolverse a las aguas todos los salmónidos capturados; en todo caso, para todas las especies, la pesca se realizará en iguales condiciones que las descritas en el artículo 6.2 de la presente Orden.

b) Fuera del período hábil de la trucha, se podrán pescar «con muerte» las especies autorizadas en las masas de aguas especificadas en el Anexo IV y con los condicionantes establecidos para las mismas.

3.3. En los cotos: según su reglamentación específica, expresada en el Anexo VI. En caso de que en una misma fecha coincida jueves y día festivo, prevalecerá lo que fije la normativa del coto para dicho día festivo.

Artículo 4.– Dimensiones mínimas.

4.1. Con carácter general se estará a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/1992.

4.2. Excepciones a las tallas mínimas:

Trucha común:

En las aguas libres donde esté autorizada su captura, la talla mínima será de 21 centímetros, con la excepción de las siguientes aguas, en las que será de 19 centímetros:

PALENCIA: Río Carrión: Todas las aguas en las que esté autorizada la pesca por encima del puente sobre el río Carrión, en la carretera C-615 (Palencia-Riaño), a su paso por la localidad de Velilla del Río Carrión, y todos los afluentes a este tramo.

Río Pisuerga: Todas las aguas en las que esté autorizada la pesca desde su nacimiento hasta la confluencia con el río Resoba y todos los afluentes a este tramo.

SALAMANCA: Río Cuerpo de Hombre: Desde su nacimiento hasta la confluencia con el río Barquillo y todos los afluentes a este tramo, incluyendo el propio río Barquillo. Se mantienen los 21 centímetros como talla mínima en el embalse de Navamuño.

SORIA: Río Revinuesa: En todo su curso y afluentes. Río Araviana: En todo su curso y afluentes. Cuenca del Ebro: Todos los cursos de agua en esta provincia, a excepción de las aguas de la cuenca del Jalón.

ZAMORA: Cuenca del Tera: Río Segundera: En todo su curso y afluentes. Río Cárdena: En todo su curso y afluentes. Río Forcadura: En todo su curso y afluentes. Arroyo de Truchas: En todo su curso y afluentes.

Río Trefacio: En todo su curso y afluentes.

Río Castro: En todo su curso y afluentes.

Cuenca del Bibey:

Río Bibey: En todo su curso y afluentes.

En los cotos de pesca la talla mínima será la fijada en su reglamentación específica, que figura en el Anexo VI.

Anguila: En todas las aguas se fija la talla mínima en 30 centímetros.

Barbos: En todas las aguas se fija la talla mínima en 18 centímetros.

Black-bass: Con carácter general, se fija la talla mínima en 21 centímetros en ríos, arroyos y aguas corrientes, y en 27 centímetros en aguas embalsadas, lagos y lagunas.

Cangrejo rojo de las Marismas: Sin limitación.

Cangrejo señal: Con carácter general, la talla mínima será superior a 9 centímetros, medidos desde el extremo anterior de la cabeza hasta el extremo central de la cola.

Rana común: Talla mínima conjunta de las dos ancas 19 centímetros.

Artículo 5.– Limitaciones de capturas.

5.1. Trucha común, trucha arcoiris y salvelino:

a) En aguas libres: 5 ejemplares por pescador y día.

b) En tramos libres sin muerte: En estos tramos, relacionados en el Anexo VII, el cupo de capturas será cero; en consecuencia, todos los ejemplares de estas especies serán inmediatamente devueltos a las aguas de procedencia, cualquiera que fuese su talla.

c) En cotos: Según su reglamentación específica, expresada en el Anexo VI de la presente Orden.

d) Otras especificaciones sobre capturas:

1) En ningún caso se podrán acumular los cupos diarios correspondientes a cotos y aguas libres cuando se disfrute de un permiso en un acotado, siendo el número máximo total de capturas el del tramo en que éste sea mayor. Una vez alcanzado el cupo de salmónidos establecido, tanto en aguas libres como en tramos acotados, deberá suspenderse el ejercicio de la pesca. Esta última restricción no será de aplicación en los cotos que tengan autorizada la captura de «trucha trofeo», en los cuales, una vez capturada ésta, podrá continuarse ejercitando la pesca sin muerte.

2) Durante la práctica de la pesca, en los cotos sin muerte, en los tramos libres sin muerte y en los escenarios deportivo-sociales, no se podrá portar salmónidos de ningún tipo o talla, aunque pudieran provenir de otros tramos en los que la pesca de los mismos estuviera autorizada. Esta restricción no será de aplicación en los cotos sin muerte que tuvieran autorizada la captura de «trucha-trofeo» en los cuales sí podrá portarse ésta, una vez capturada y mientras se prosiga la pesca.

3) En los tramos libres sin muerte, en los cotos de salmónidos en los días sin muerte y en los escenarios deportivo-sociales deberán sacrificarse los ejemplares de las especies que hayan sido calificadas como nocivas o invasoras y que pudieran eventualmente capturarse. En los cotos de salmónidos, en los tramos libres sin muerte y en los escenarios deportivo-sociales de salmónidos, se autoriza la extracción de otras especies de peces distintas de los salmónidos. En todo caso, siempre con los mismos cebos y señuelos que estuvieran autorizados en cada coto, tramo o escenario, así como con los límites de capturas asignadas para cada especie en la presente Orden.

5.2. Hucho: 1 ejemplar por pescador y día.

En ningún caso se podrán acumular los cupos diarios correspondientes a cotos y aguas libres cuando se disfrute de un permiso en un acotado, siendo el número máximo total de capturas el del tramo en que éste sea mayor.

5.3. Cangrejo rojo: Sin limitación.

5.4. Cangrejo señal: Se regirá mediante la reglamentación específica referida en el artículo 2.4 de la presente Orden.

5.5. Rana común: Dos docenas por pescador y día.

5.6. Anguila: 3 ejemplares por pescador y día.

5.7. Black-bass: 5 ejemplares por pescador y día.

5.8. Tenca, barbos, bordallo, bagre y cacho: Una docena por especie, pescador y día. Entendiendo que no constituye captura de estas especies su mantenimiento en vivo en útiles sumergidos para su posterior suelta al final del ejercicio de la pesca.

5.9. Carpa, boga del Duero, boga de río y madrilla: Dos docenas por especie, pescador y día. Entendiendo que no constituye captura de estas especies su mantenimiento en vivo en útiles sumergidos para su posterior suelta al final del ejercicio de la pesca.

5.10. Otras especies pescables: Sin limitación.

Artículo 6.– Cebos.

6.1. Con carácter general se estará a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 6/1992.

6.2. Además de lo anterior:

6.2.1. En todas las aguas declaradas trucheras no se autoriza el uso de aparejos de mosca artificial en cualquiera de sus variedades o montajes que empleen plomadas colocadas sobre el nailon o hilo del aparejo.

6.2.2. En todas las aguas declaradas trucheras, los días en que esté establecida la pesca «sin muerte» los anzuelos deberán ir siempre desprovistos de arponcillo.

6.2.3. En las aguas declaradas trucheras, en aquellos días en que se hubiera establecido la pesca en la modalidad «sin muerte», únicamente se podrá utilizar la mosca artificial, en cualquiera de sus variedades o montajes. No obstante lo anterior, en los escenarios deportivo-sociales de salmónidos, en los tramos libres sin muerte de salmónidos y en aquellos cotos de pesca que específicamente así se autorice en el Anexo VI, también se podrá utilizar la cucharilla de un sólo anzuelo. En el resto de los cotos, se estará a lo dispuesto en su reglamentación específica (Anexo VI). No obstante, en todos los casos anteriores será de aplicación lo previsto en los puntos 6.2.1. y 6.2.2.

6.2.4. En los cotos intensivos situados en tramos de las aguas trucheras incluidas en el Anexo II en las que se prolonga el período hábil de pesca, se mantendrá el régimen de captura que tuvieran asignado en el Anexo VI.

6.2.5. Asimismo, en:

ÁVILA.– No se autorizan:

a) Los cebos naturales en todos los afluentes del río Tormes, excepto el río Corneja.

b) Las ninfas de los insectos efemerópteros, vulgarmente denominados frailucos (Fam. Siphlonuridae), y de los denominados cangrejillas o gusarapas (Fam. Heptageniidae o Ecdyonuridae) en las aguas trucheras de las cuencas de los ríos Alberche y Tormes, excepción hecha de las masas de agua en régimen especial del río Alberche que figura en el Anexo IV.

BURGOS.– No se autorizan los cebos naturales:

Todo el año en las siguientes masas de agua:

Río Cerneja.– Desde el puente de la carretera a San Pelayo en Agüera hasta su desembocadura en el río Trueba.

Río San Martín.– Desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Arlanza.

Río Valparaíso.– Desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Arlanza.

En los tramos de los ríos Pedroso y Tejero citados en el Anexo II se prohíbe el uso del cebo natural.

Para el resto de aguas trucheras de la provincia, se permite la pesca con cebo natural. Para la pesca con lombriz, únicamente podrán utilizarse anzuelos cuya distancia entre la punta y el asta sea superior a 9 milímetros y la longitud del asta superior a 25 milímetros.

LEÓN.– No se autorizan:

a) Las ninfas de los efemerópteros denominados frailucos (Fam. Siphlonuridae), también conocidos como rabón o rabisca en las comarcas de Laciana y Bierzo respectivamente: en todas las aguas de la provincia.

b) Los cebos naturales:

Todo el año en las siguientes masas de agua:

Río Curueño.– Desde su nacimiento hasta el límite inferior del coto de Valdepiélago y en todas las aguas que afluyen a este tramo.

Río Porma.– Desde su nacimiento hasta el límite inferior del coto de Vegamián y todas las aguas que afluyen al tramo.

Ríos Esla, Yuso y Orza.– Desde sus nacimientos hasta el límite de aguas embalsadas del embalse de Riaño y todas las aguas que afluyen a estos tramos.

Río Grande o de Besande.– Desde su nacimiento hasta el límite con la provincia de Palencia y todas las aguas que afluyen a este tramo.

Río Bernesga.– Desde su nacimiento hasta su unión con el río de Camplongo, incluido éste (límite superior del tramo libre sin muerte), y todas las aguas que afluyen a ambos ríos.

Río Torío.– Desde su nacimiento hasta el límite inferior del coto de Felmín, y todas las aguas que afluyen a él en este tramo.

Río Omaña.– Desde su nacimiento hasta el puente de Castro de La Lomba a Riello (límite inferior del coto de La Omañuela), y todas las aguas que afluyen a él en este tramo.

Río Cea.– Desde su nacimiento hasta el puente de Valderrueda y todas las aguas que afluyen a él en este tramo.

Desde el día 1 de julio, en todas las aguas trucheras de la provincia, excepción hecha de las siguientes, en las que su uso, salvo en aquellos cotos en que se prohíbe expresamente, está autorizado hasta el final de la temporada, a excepción de lo dispuesto para las aguas incluidas en el Anexo II:

Cuenca del Duero:

Río Esla.– Aguas abajo del embalse de Riaño y aguas embalsadas en el mismo.

Río Cea.– Desde el puente de Villamartín de Don Sancho hasta el puente de Galleguillos de Campos.

Río Luna.– Aguas abajo de la Central de Mora y aguas embalsadas en el embalse de Barrios de Luna.

Río Órbigo.– En todo su curso hasta el límite de la provincia.

Río Porma.– Aguas abajo del embalse del Porma y aguas embalsadas en el mismo.

Cuenca del Sil:

Río Sil.– Aguas abajo del embalse de Bárcena y aguas embalsadas del mismo.

Embalse de Las Rozas.– Aguas embalsadas en el mismo.

SALAMANCA.– No se autorizan:

a) El frailuco (también denominado cabezón) en el tramo del río Tormes que discurre por el límite con la provincia de Ávila.

b) La cangrejilla (también denominada gusarapa en la zona) en la cuenca del río Tormes, desde su entrada en la provincia hasta la desembocadura del río Corneja.

SEGOVIA.– No se autoriza el frailuco en todas las aguas trucheras de la provincia.

SORIA.– No se autoriza la cucharilla y el pez artificial, fuera de la época hábil de la trucha, en todas las aguas de la provincia excepto en el embalse de la Cuerda del Pozo.

ZAMORA.– No se autorizan los cebos naturales en las siguientes masas de agua:

Cuenca del Duero

Subcuenca del Tera:

Río Tera.– En las aguas embalsadas en los embalses de Vega de Tera y Vega de Conde, en el período comprendido entre el 1 y el 17 de agosto.

Río Tera.– Tramo comprendido entre la presa de Vega de Tera (término municipal de Galende) y el punto situado 200 metros aguas arriba del pozo conocido como Navaldelpozo.

Río Castro.– En todo su curso y afluentes.

Río Forcadura.– En todo su curso y afluentes

Arroyo Truchas.– En todo su curso y afluentes.

Río Trefacio.– En todo su curso y afluentes.

Río Villarino.– En todo su curso y afluentes.

Cuenca Norte:

Río Bibey.– En todo su curso y afluentes aguas arriba del puente La Freita, situado aguas arriba de la localidad de Porto.

Río Bibey.– Arroyo de Valdeinfierno en todo su curso y afluentes.

Río Bibey.– Arroyo de Valdesirgas en todo su curso y afluentes.

6.2.6. En la pesca del cangrejo solamente estará permitido el uso de cebos muertos. El empleo de trozos de pescado se considera, a estos efectos, como cebo muerto.

6.2.7. Se autoriza el uso de colas de cangrejo rojo como cebo para la pesca, aun fuera del período hábil de pesca de dicho cangrejo, pero exclusivamente en aquellas aguas en que estuviera autorizada su pesca y que se incluyen en el Anexo VIII de la presente Orden.

Artículo 7.– Artificios y procedimientos de pesca.

7.1. Con carácter general se estará a lo dispuesto en el Capítulo IV del Título II de la Ley 6/1992 (Arts. del 30 al 37, ambos inclusive). Además de lo anterior, no se autoriza el empleo de más de una caña en los cotos intensivos, incluidos los situados en aguas no clasificadas como trucheras.

Asimismo y a efectos de no perjudicar a la reproducción de la trucha, se recomienda no transitar por el lecho del río antes del 31 de marzo.

En Burgos no se autoriza la pesca desde embarcación en la zona húmeda catalogada denominada «Embalse del Ebro».

7.2. Pesca con red.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 32.6. y 37 de la Ley 6/1992, se prohíbe la utilización de redes y demás artes no selectivas, excepto cuando la Junta considere perjudicial o innecesaria la existencia o abundancia de determinadas especies, en cuyo caso, podrán ser redadas con arreglo a las normas que aquélla determine, previo contraste de las artes a utilizar.

7.3. Pesca de la rana.– Para la pesca de la rana común únicamente se autoriza la captura mediante caña de pesca provista de señuelo artificial. Además, a la vista de los sistemas habituales de aprovechamiento de la rana en determinadas localidades y al objeto de evitar sufrimientos innecesarios a los ejemplares, deberán sacrificarse los mismos previamente a la amputación de las ancas.

7.4. Pesca del cangrejo rojo.– El tamaño máximo autorizado en los reteles y lamparillas será de 42 centímetros de diámetro. En aquellas aguas declaradas trucheras en las que estuviera autorizada la pesca del cangrejo rojo se procurará evitar el tránsito por las graveras del cauce durante los meses de noviembre y diciembre, al objeto de evitar daños a la freza de la trucha durante su período de reproducción.

Artículo 8.– Venta, transporte y comercialización.

Se estará a lo establecido en el artículo 26 de la Ley 6/1992 y en el Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y pesca comercializables y se dictan normas al respecto.

Artículo 9.– Vedados.

Queda prohibida la práctica de la pesca en las épocas y masas de agua que se relacionan en el Anexo V.

Artículo 10.– Situaciones de carácter excepcional.

Cuando concurran circunstancias que así lo justifiquen, oídos los Consejos de Pesca implicados, la Consejería de Medio Ambiente podrá:

10.1. Variar los períodos hábiles de las distintas especies.

10.2. Establecer la veda parcial o total en determinadas masas de agua.

10.3. Establecer limitaciones a los cupos de capturas inicialmente establecidos.

10.4. Restringir el uso de determinados procedimientos o artes de pesca inicialmente autorizados.

10.5. Tomar cualquier otra medida de protección que se estime oportuna.

Cuando la urgencia en la adopción de tales medidas impida la convocatoria previa de los Consejos de Pesca, éstos serán necesariamente informados con posterioridad.

Artículo 11.– Pesca en Zonas Húmedas Catalogadas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 5.º del Decreto 194/1994, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Catálogo de Zonas Húmedas y se establece su régimen de protección, modificado por el Decreto 125/2001, de 19 de abril, no se podrá practicar la pesca en las masas de agua relacionadas en el apartado b) del Anexo X de la presente Orden, permaneciendo también con veda parcial para la pesca las masas de agua relacionadas en el apartado a).

Artículo 12.– Aguas de dominio privado.

12.1. Sin perjuicio de lo que se disponga en futuros desarrollos normativos de la Ley 6/1992, a efectos de la temporada de pesca 2004, la pesca en aguas de dominio privado se atendrá a lo dispuesto en la citada Ley y en la presente Orden.

12.2. Los titulares de aguas de dominio privado que pretendan con carácter privado su aprovechamiento pesquero, deberán solicitarlo, aportando la documentación acreditativa de dicha titularidad ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente, el cual podrá autorizar el aprovechamiento una vez comprobada la misma. Dicho aprovechamiento se efectuará en los términos expresados en el apartado anterior y con los condicionantes específicos que se establezcan en cada autorización para la temporada de pesca 2004.

Los titulares de aguas de dominio privado que hubieran obtenido autorización de pesca en temporadas anteriores, y que pretendan con carácter privado su aprovechamiento pesquero para la temporada 2004, deberán solicitarlo ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente, si bien en este caso no deberán acreditar la titularidad privada de las aguas. El Servicio Territorial podrá autorizar dicho aprovechamiento en los términos expresados en el apartado 12.1 y con los condicionantes específicos que establezca para la temporada de pesca 2004.

En todo caso, las solicitudes para renovación o nueva autorización de aprovechamientos pesqueros en aguas privadas declaradas trucheras, deberán tener entrada en los Servicios Territoriales de Medio Ambiente en el plazo máximo de dos meses a partir de la publicación de la presente Orden.

12.3. Cuando el aprovechamiento pesquero en un agua supuestamente privada no fuera autorizado, el acceso a la pesca será libre para la generalidad de los pescadores, sin más limitaciones que las recogidas en la presente Orden y las derivadas de la legislación vigente en materia de acceso a fincas privadas, con la excepción de las servidumbres debidas para aguas de dominio público.

Artículo 13.– Escenarios Deportivo Sociales.

Tendrán tal consideración las masas de agua en régimen especial incluidas en el Anexo III.

El acceso a la pesca en los días disponibles y demás aspectos para la autorización de su uso, su adecuada distribución y fijación de criterios de prioridad, serán objeto de regulación específica.

La pesca en los referidos escenarios, tanto de salmónidos como de ciprínidos, se realizará siempre en la modalidad de pesca sin muerte y, en consecuencia, el cupo de capturas será cero, salvo lo contemplado para los escenarios deportivo-sociales de salmónidos en el punto d. 3. del artículo 5.1. de la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Se autoriza a la Dirección General del Medio Natural a adoptar medidas complementarias que, no contraviniendo lo dispuesto en los artículos anteriores, faciliten la ejecución de la presente Orden.

Segunda.– La presente Orden entrará en vigor el 1 de enero del año 2004.

Valladolid, 28 de noviembre de 2003.

La Consejera

de Medio Ambiente,

Fdo.: M.ª Jesús Ruiz Ruiz

ANEXO I

EXCEPCIONES A LA FECHA DE APERTURA PARA LA PESCA

DE LA TRUCHA Y EL SALVELINO

ÁVILA:

Se retrasa la apertura al tercer domingo de mayo en las siguientes aguas:

Garganta de los Caballeros y Laguna de los Caballeros.– Desde la parte superior de la Laguna de los Caballeros hasta la confluencia de la Garganta de Cerradillas, término municipal de Navalonguilla.

Garganta de la Covacha.– Desde su nacimiento hasta su confluencia con la Garganta de Prado Puerto, términos municipales de Hoyo del Espino y San Juan de Gredos.

Garganta de Prado Puerto.– Desde su nacimiento hasta la confluencia con la Garganta de la Covacha, término municipal de San Juan de Gredos.

Garganta de Trampal y Lagunas del Trampal, de Enmedio y Arriba.– Desde su nacimiento hasta el Charco del Infierno, término municipal de Solana de Ávila.

Laguna del Barco.– En toda su extensión, término municipal de Puerto de Castilla.

Laguna del Duque.– En toda su extensión, término municipal de Solana de Ávila.

Laguna de Nava del Barco.– En toda su extensión, término municipal de Nava del Barco.

BURGOS:

Se retrasa la apertura al 1 de mayo en las siguientes aguas:

Río San Martín: Todo su curso en la provincia.

Río Valparaíso: Todo su curso en la provincia.

Se adelanta la apertura al cuarto domingo de marzo:

Embalse del Ebro: En toda su extensión.

LEÓN:

Se retrasa la apertura al 9 de mayo en las siguientes aguas:

Río Cares.– Todo su curso en la provincia.

Río Sella.– Todo su curso en la provincia y afluentes.

SALAMANCA:

Se retrasa la apertura al tercer domingo de abril en el río Cuerpo de Hombre desde su nacimiento hasta la desembocadura del río Barquillo y todos los afluentes a este tramo incluido el propio río Barquillo y el embalse de Navamuño.

Se adelanta la apertura al cuarto domingo de marzo en el resto de aguas declaradas trucheras en la provincia.

ZAMORA:

Se retrasa la apertura al cuarto domingo de abril en las siguientes aguas:

Río Tera.– Aguas arriba del pozo conocido como Naval del Pozo y todas las aguas que afluyen a este tramo.

Río Cárdena.– En todo su curso y afluentes.

Río Segundera.– En todo su curso y afluentes.

Arroyo Truchas.– Desde su nacimiento hasta el puente del molino Losao y todos los afluentes a este tramo.

Río Forcadura.– Aguas arriba del puente que da acceso a la localidad de Barrio de Arriba, de Vigo de Sanabria, y todos los afluentes a este tramo.

Río Trefacio.– Aguas arriba del punto de unión con el arroyo Carambilla y todas las aguas que afluyen a este tramo, incluido este arroyo Carambilla.

ANEXO II

EXCEPCIONES A LA FECHA DE CIERRE PARA LA PESCA

DE LA TRUCHA Y EL SALVELINO

BURGOS:

Se adelanta el cierre al primer domingo de junio en las siguientes aguas:

Río Pedroso.– Desde el puente del antiguo vivero forestal en la Casa de la Sierra hasta el puente de Barbadillo de Herreros.

Río Tejero.– Desde el puente de la carretera de Vallejimeno a Huerta de Abajo hasta su desembocadura en el río Pedroso.

Se adelanta el cierre al primer domingo de julio en las siguientes aguas:

Río Cadagua.– En todo su curso y afluentes, excepto los vasos de los embalses de Ordunte y Artieta, en los que se podrá pescar hasta el 31 de julio incluido.

Río Ubierna.– En todo su curso y afluentes.

Se adelanta el cierre al tercer domingo de junio en las siguientes aguas:

Río Trueba.– Desde el puente de la carretera C-6318, Espinosa-Soncillo, hasta el puente de Villalázara (Coto de Santurde).

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas:

Embalse del Ebro

Se retrasa el cierre al 30 de septiembre (a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte) en las siguientes aguas:

Río Arlanzón.– Aguas abajo del embalse de Uzquiza.

Río Riaza.– En todo su recorrido dentro de la provincia de Burgos.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Río Pisuerga.– En todo su curso en la provincia.

LEÓN:

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Río Curueño: En su curso, desde su nacimiento hasta el límite inferior del Coto de Valdepiélago.

Río Sil.– Aguas abajo del embalse de Las Rozas hasta el embalse de Bárcena.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Río Cea.– Desde el puente de Villamartín de Don Sancho hasta el puente de Galleguillos de Campos.

Río Esla.– Aguas abajo del embalse de Riaño y sus aguas embalsadas.

Río Porma.– Aguas abajo del embalse del Porma y sus aguas embalsadas.

Río Luna.– Aguas abajo de la central de Mora y aguas embalsadas del embalse de Barrios de Luna.

Río Órbigo.– En todo su curso hasta el límite provincial.

Río Sil.– Aguas abajo del embalse de Bárcena y sus aguas embalsadas.

PALENCIA:

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Cuenca del Pisuerga:

Río Rivera.– En el tramo libre sin muerte comprendido entre la presa del embalse de Ruesga, hasta la confluencia con el río Pisuerga.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Río Carrión.– Todas las aguas por debajo del puente sobre el río Carrión en la carretera C-615 (Palencia-Riaño), a su paso por la localidad de Velilla del Río Carrión.

Río Pisuerga.– Todas las aguas por debajo de la confluencia del río Resoba con el Pisuerga.

SALAMANCA:

Se retrasa el cierre al 15 de agosto en las siguientes aguas:

Río Tormes.– En todas sus aguas en la provincia.

Río Cuerpo de Hombre.– Desde su nacimiento hasta la desembocadura del río Barquillo y todas los afluentes a este tramo incluido el río Barquillo y el embalse de Navamuño.

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas:

Río Tormes.– Cotos de «El Chorrón» y «Galisancho», así como en el Escenario Deportivo-Social.

Embalses de Navamuño.

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Coto de Tormes, situado en el río Tormes.

SORIA:

Se adelanta el cierre al 1 de julio en las siguientes aguas:

Cuenca del Duero:

Río Duero y afluentes.– Tramo comprendido entre su nacimiento y el puente de Soria en Covaleda.

Río Revinuesa.– En todo su curso y afluentes.

Río Razón.– En todo su curso y afluentes hasta su desembocadura en el río Tera.

Río Beratón.– En todo su curso y afluentes.

Río Sequillo.– En todo su curso y afluentes.

Río Tera.– En todo su curso y afluentes hasta el final del coto de Chavaler (molino del Batán).

Río Araviana: En todo su curso y afluentes.

Cuenca del Ebro: Todos los cursos de agua excepto los ríos Jalón y Cidacos.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Tramo comprendido entre la presa del embalse de la Cuerda del Pozo y el Puente de Piedra de Soria.

ZAMORA:

Se retrasa el cierre al 15 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

En las aguas embalsadas en los embalses de Vega de Conde y Vega de Tera.

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas:

Aguas embalsadas de los embalses de Cernadilla, Valparaiso y Nuestra Señora del Agavanzal.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:

Río Tera.– Aguas abajo del embalse de Nuestra Señora de Agavanzal.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

El río Eria

Rio Eria

Este río nace en la comarca leonesa de La Cabrera, en los Montes del Teleno con cumbres por encima de los dos mil metros y allí se forma tomando aguas de otros pequeños ríos de la zona como el río Iruela, el río Truchillas y el río Pequeño, y muchos riachuelos y arroyos, discurre entre praderas y zonas rocosas alternadas con algún que otro pinar y acompañado en su camino por un sin fin de chopos y humeiros.

Rio Eria

Atraviesa un sinfín de pueblos de la Cabrera como Corporales, Baillo, Quintanilla de Yuso y Manzaneda, es aquí donde abandona La Cabrera y comienza su periplo por el municipio de la Valdería, llamado así por ser el valle del río Eria, atravesando la Sierra del Pueblo. También atraviesa gran cantidad de pueblos como Morla, Torneros, Castrocontrigo, Nogarejas, Pinilla, Pobladura de Yuso, Felechares, San Félix y Calzada, donde pasa al municipio de Castrocalbón atravesando dicho pueblo y San Esteban de Nogales. Es aquí donde cambia de provincia y se adentra en Zamora bordeando la sierra de Carpurias. Transita por pueblos como Arrabalde, Villaferrueña, Sta. María de la Vega, Morales de Rey y aproximadamente en Manganesos de la Polvorosa, se une al río Órbigo que poco después nutre al río Esla. Su longitud aproximada es de unos 110 kilómetros.

El río Eria es un río de aguas transparentes, alternando raseras y tablas, con una extraordinaria población de trucha autóctona, de no gran tamaño pero muy brava y difícil de pescar. Sus orillas no son muy enmarañadas y es vadeable salvo en épocas de grandes lluvias.

Cuenta con un coto truchero llamado Coto de Manzaneda:

LÍMITES DEL COTO:

Superior, comienza en el puente viejo de Villar del Monte.
Inferior, termina en la desembocadura del arroyo de Pozos y Manzaneda con el río Eria.

LONGITUD DEL ACOTADO: 4,000 metros.
ANCHURA MEDIA DEL CAUCE: 18 metros.
DISTANCIA APROXIMADA DESDE LEÓN: 102 kilometros.
MEJOR VIA DE ACCESO DESDE LEÓN: León, La Bañeza, Nogarejas, Castrocontrigo, Torneros de la Valdería, Manzaneda, Villar del Monte (carretera Castrocontrigo a Truchas).

Mapa del rio Eria

Dias de pesca: X, V, S, D. y F.

Nº Capturas: 6

Medida mínima: 22 cm

Prohibición cebo natural: T. Temporada

También cuenta con una pequeña central hidroeléctrica en Torneros de la Valdería llamada La Casilla que se alimenta gracias a una presa situada en Morla de la Valdería.

Rio Eria

En definitiva un río truchero, limpio y muy apetecible para el baño con diversas zonas de una belleza indescriptible y muy recomendable.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

La trucha

La trucha, dentro de la familia de los salmónidos, es del orden de los clupeiformes, y existe una gran variedad de especies y subespecies. La trucha es un pez de suaves escamas, de librea salpicada de bonitas pintas de varios colores, según el lugar donde viva, posee recias mandíbulas, y en los machos adultos la punta de la mandíbula inferior está doblada hacia arriba. Está particularidad se acentúa hasta tal punto en algunos casos, especialmente en los individuos más viejos, que el animal llega al extremo de no poder cerrar la boca. Todo esto unido a un sentido de la vista muy desarrollado y a unos fenomenales mecanismos de ataque la convierte en un pez muy voraz.

TuchaHábitat

La trucha prefiere las aguas de los arroyos cuyas orillas están bordeadas de hierba, las orillas arcillosas y de guijarros.

El hábitat por excelencia de estos salmónidos lo constituyen los pequeños torrentes de montaña. En ellos encuentran el lugar ideal, especialmente en las hoyas que se forman al pie de las cascadas.

Hay que tener en cuenta que las truchas remontan la corriente, del valle hacia la montaña. Asimismo las barreras que se forman con grandes piedras, cuando cortan transversalmente los cursos de agua, son lugares idóneos en los que la trucha está presente. Otros puntos preferidos por la trucha, en los torrentes, pueden ser los rápidos, las curvas anchas de los cursos y las ensenadas. En los ríos, la trucha precisa que las aguas sean ricas en oxígeno, lo cual requiere unas aguas sumamente limpias, aunque la trucha arco iris se adapta a aguas más pobres. También se requiere que el clima sea suave o frío, a fin de que la temperatura del agua no sufra grandes variaciones. Los ríos que se deslizan por extensos prados en los cuales el agua pierde su agresividad y se desliza mansamente suelen ser abundantes en truchas debido a que sus orillas son pródigas en coleópteros, gusanos y toda clase de insectos y, por lo tanto, ricos en alimentación.

Ciclo de vida

La trucha común efectúa el desove entre los meses de noviembre y enero, que en ocasiones se prolonga hasta la primavera y en el transcurso del cual la hembra pone de 200 a 2000 huevos. La hembra deposita los huevos en el fondo del curso de agua y luego el macho los riega con su esperma; a continuación recubren los huevos con grava fina para evitar que se los lleve la corriente. Esté numero de huevos permitiría una rápida repoblación de los ríos si no se vieran afectados por las alteraciones de la temperatura, las crecidas, la contaminación de las aguas y el consumo de los huevos por parte de los demás peces, incluyendo a la misma trucha (aunque cuando llega el momento de la freza, el pez pierde el apetito y no come). Una vez se ha efectuado la puesta, la trucha se aleja del frezadero, dejando a los huevos para que realicen su crecimiento. El periodo de incubación oscila entre los 45 días y dos meses tras lo cual nacen los llamados alevines, que al principio viven en los riachuelos donde ha nacido para más tarde trasladarse a aguas más profundas. El primer año, el alevín oscila entre los 6 a 7 cm. y ya tiene las mismas costumbres que los adultos, siendo esto la causa de que los pescadores las capturen con frecuencia y deban devolverlas al río procurando no causarles daño alguno. La ley ha establecido una medida de 21 cm. para que puedan ser capturadas.

Localización de la trucha

En los ríos de montaña, de corriente rápida, es relativamente fácil determinar donde la trucha ataca el cebo o señuelo. En los ríos más caudalosos y profundos, generalmente en las riberas o valles bajos, donde la corriente es menos impetuosa, es más difícil localizar los puestos de caza de la trucha.

En general, la trucha se encuentra siempre en aquellos sitios donde una disminución de la velocidad de la corriente forma un remolino tras el cual el agua está tranquila y serena. Esta disminución de la fuerza de la corriente está producida por un obstáculo cualquiera que se halle en el fondo el río. Con frecuencia, los cursos de agua presentan grandes rocas que emergen fuera del agua, como un pequeño islote en medio del río; otras veces, esas rocas se encuentran junto a la orilla. Cuando el islote está en el centro del río, la corriente, al chocar con él, se divide en dos partes, pasando el agua por sus lados.

En primavera cuando los ríos llevan mucha agua, la trucha, en estos sitios, no puede soportar la fuerte corriente y se sitúa dentro del obstáculo o más abajo, donde ha perdido ya mucha de tal fuerza. En cambio en verano, en pleno estiaje, la trucha estará la cabeza del islote para recibir la frescura de la corriente, o en uno de sus lados donde pueda disfrutar de la sombra.

Otras veces, el río forma un cerrado recodo y en tales sitios la fuerza de la corriente excava una de las márgenes, formando como una cueva que se prolonga a lo largo de la curva y que es uno de los sitios preferidos por la trucha. Lancemos el cebo allí donde el agua está más serena, y de esta cueva saldrá rápidamente una trucha en busca de la comida.

El río puede tener también un lecho desigual, lleno de agujeros y de excavaciones irregulares; estos sitios son igualmente muy buscados por la trucha.
Hay, además, ríos muy pedregosos, con grandes guijarros; la trucha suele elegir esas piedras y, cuando caza, está delante de ellas y, cuando reposa, se halla mismamente detrás, donde el agua es más serena.

Si en estos ríos pescamos a la cucharilla tendremos buen cuidado de que esta no tropiece con las piedras, sino que más bien las sortee, haciendo evolucionar el señuelo; pues si la cucharilla choca con la piedra, cambia de ritmo, lo que es suficiente para que la trucha ya no entre.

Si el río tiene grandes tabladas, lo que es muy bueno para la mosca ahogada y la seca, se recorrerá con el cebo artificial toda la tablada, insistiendo cerca de las plantas acuáticas que emerjan a la superficie y explorando con más cuidado las márgenes.

En la pesca de la trucha tiene mucha importancia conocer bien el río. No todos son iguales. Hay ríos que discurren por valles angostos, entre escapadas montañas, con aguas limpias y caudal abundante, su lecho es pedregoso y forman numerosos pozos y pequeñas cascadas con aguas hirvientes y espumosas; estos son los típicos ríos de cucharilla y cebo natural. En cambio, hay otros, más o menos profundos y de fondos menos accidentados que discurren por anchos valles, formando suaves meandros primero y amplias tabladas después; son los ríos propios para la pesca con mosquito ahogado o mosca seca. No quiero decir que no se pueda pescar a cebo en estos últimos, como tampoco que en los propios de cucharilla y cebo no se pueda pescar a pluma o mosca ahogada, si no que se pesca en ellos mejor con eso que con otra cosa.

Por otra parte, los ríos cambian todos los años con las grandes crecidas, y aunque esos cambios no sean fundamentales, tienen sin embargo su importancia para la pesca, pues hace que unos años se dé mejor en unos sitios distintos que los del anterior.

Los ríos pueden presentarse con aguas altas, medias o bajas. Se pesca mejor con aguas medias. Todos los extremos son malos; tanto la mucha agua como la poca no son, en general, buenas para la pesca.

Tampoco lo son el mucho frío o el mucho calor.

Asimismo, influyen en la pesca los cambios de nivel del agua. En los dos regulados por centrales eléctricas al pie de los embalses, suele ocurrir que el nivel suba o baje varias veces dentro del mismo día. Esto es ciertamente nefasto; la trucha se retira con esos cambios de nivel y está como desconcertada.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Especies fluviales

Principalmente, en nuestro río Eria, las especies más comunes son la trucha común, el barbo, el lucio y el escallo, pero aquí tenéis un indice de las especies más comunes en toda la provincia de León:

Trucha Comun (Si quieres saber más sobre la trucha haz click aquí)
Trucha común
Salmo trutta morpha farioCon un peso de 250g a 1kg de peso y en casos se ha llegado a pescar de mas de 7kg.
Trucha Arcoiris
Trucha Arcoiris
Oncorhynchus mykissCon un peso de 250g a 1kg de peso y en casos se ha llegado a pescar de mas de 7kg.
Salmón Atlántico
Salmón Atlántico
Salmo salarPueden llegar a los 15 kg de peso. Se pesca a la mosca y con moscas para salmón, y mediante el lance ligero con devón o cucharilla.
Escallo
Escallo
Leuciscus pyrenaicusPez muy habitual de ríos trucheros, se pesca con casi todas las artes de pesca habituales.
Savelino
Savelino
Salvelinus fontinalisSe encuentra en los lagos de montaña. Puede alcanzar los 10 kg y los 80 cm de largo y se pesca con los mismos procedimientos que con la trucha.
Black-Bass
Black-Bass
Micopterus salmoidesPez alargado y rechoncho, que es un carnicero muy voraz. Se pesca con lanzamiento ligero. Cebos: Cucharillas, peces nadadores, rapalas, poppers, streamers, etc
Barbo
Barbo
Barbus barbusEs un pez de fondo, de 30 a 60cm que llega a pesar los 2 kg. Se pesca con caña telescópica de 5 a 6m , hilo fuerte, con anzuelo del 8. Se suele pescar al coup, con flotador. Cebo: Lombrices, ova, incluso queso.
Carpa
Carpa
Cyprinus carpioSuele estar en lagos y estanques, es un pez que al año puede llegar a pesar 1 o 2 kg y puede alcanzar los 20 kg de peso. Se suelen cebar las aguas antes de su pesca. La caña ha de ser de 3 o 4 metros, con un sedal del 40 o superior. Se lanza la caña con el cebo y después se ceba.
Lucio
Lucio
Esox luciusSilueta en forma de huso, con un morro plano en forma de pico. De 50cm a 1metro de largo, puede llegar a pesar los 20 kg. Hay que tener un material muy resistente. Cebo: Pez vivo, cucharillas, rapalas, etc
Cangrejo de rio
Cangrejo de rio
Austropotamobius pallipesMención aparte merece el cangrejo de río autóctono, que aunque no es una especie que se pueda pescar a mosca, hemos querido dedicarle una sección por el papel trascendental que desarrolla en la limpieza de los ríos y por la delicada situación por la que está pasando.
Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Útiles de pesca

LA CAÑA

Potencia

Gama de peso que se utiliza para un rendimiento óptimo de la caña . Es esencial no sobrepasar el peso máximo indicado, a riesgo de romper la caña.

Acción

Se determina observando la curvatura que adopta lo caña cuando esté en tracción. Una curvatura sobre un tercio, sobre das tercios o sobre la totalidad de la longitud, define respectivamente una acción de punta, semiparobólica o parabólica.

Una acción de punta favorece una bueno reactividad en la clavada, así como una buena precisión durante los lanzamientos.

Una acción semiparabólica perdona las clavadas al tiempo que favorece lo sujeción del pez que ha picado.

Una acción parabólica (menas frecuente) permite pescar muy “fino”, puesto que la caña acompaña todos los cabeceos del pez.
Peso

Se expresa en gramos.

Composición principal

Se utilizan tres materiales principales: el carbono (ligero y resistente a la tracción), la fibra de vidrio maciza (muy sólida), la fibra de vidrio hueca (económica y tolerante) y la mezcla fibra de vidrio/carbono (composite, resistente y económica).

Número de elementos

Una caña está compuesta por lo general de varias partes que encajan unas en otras mediante diversos procedimientos.

Plegada

Se expresa en metros y determina la longitud de la caña una vez plegada.

Tipo de colocación del mango

Se trata del modo de ensamblado de los diferentes elementos de la caña.

Clásico: garantiza solidez.

Inverso: permite una buena continuidad de la acción así como uno recuperación automática.

Spigot: estético, permite una buena continuidad del diámetro de la caña.

Telescópico: los elementos se repliegan unos dentro de otros. La caña se monta desplegándolos. Las cañas llamadas “telescópicas” tienen la ventaja de ofrecer un reducidísimo tamaño.

Número de anillas

Son ellas los que guían el hilo a lo larga de la caña. Su número Varia en función de la longitud de la caña y de su uso. A mayor número de anillas, mejor guiado está el hilo.

Material de las anillas

LA CERÁMICA: buena relación resistencia/precio.

El OAL (óxido de aluminio): ligero y resistente.

El SIC (carburo de silicio): extremadamente duro.

El FUJI Sic: Muy buena repartición del calor alrededor de la anilla, evitando el calentamiento y desgaste del hilo.

Portacarrete

Los pasadores son ligeros permiten desplazar el carrete a lo largo de la empuñadura, asegurando el equilibrio perfecto del conjunto. Un sistema de cremallera fija rápidamente todos los carretes. Los porta carretes con tornillos aseguran uno fijación muy sólida.

Tipo de empuñadura

Los materiales utilizados paro lo realización de las empuñaduras de las cañas son generalmente la espuma y el corcho.

La espuma sintética es resistente y fácil de cuidar. El corcho más tradicional, asegura un agarre muy cómodo.

La empuñadura puede también estar recubierta de un simple revestimiento granulado antideslizante.

EL CARRETE

Peso

Se expresa en gramos.

Capacidad de la bobina

Se determina por un cierto número de metros en función de un diámetro de hilo dado (expresado en centésimas de milímetro).

Ejemplo: 200 metros de 30/100

Ratio

Define el número de vueltas de rotor en relación con un giro de manivela. Ejemplo: un ratio de 5:1 significa que, para un giro de manivela, el rotor da cinco vueltas.

Número de rodamientos

Un rodamiento de bolas reduce considerablemente los fenómenos de frotamiento y por consiguiente el desgaste: cuanto más solicitado esté el carrete, más rodamientos tendrá que haber.

Sistema de equilibrado

Elimina las vibraciones durante la recuperación.

Sistema antienredo

Evita que el hilo se retuerza sobre si mismo durante la recuperación.

Bobina suplementaria

Algunos carretes se venden con uno o varias bobinas suplementarias, lo cual permite tener a disposición varios diámetros de hilo distintos listos para su empleo.

Rodillo giratorio

Limita el desgaste del hilo al disminuir el frotamiento.

LA ROPA

Ya la orografía quebrada y empinada de los parajes montañosos a los que la sabia naturaleza hizo patria de ágiles cabras y ligeros rebecos pide estar en buena forma física, y aún más tener el pie seguro, si no queremos dejar la caña, o la cabeza, tronzada contra un risco. La ropa debe ser cómoda, amplia, que permita libres movimientos, y no olvidemos si visitamos la alta montaña llevar protección contra la lluvia y el frío, aún cuando el día amanezca soleado los cambios de tiempo por encima de los 2.000 metros de altura pueden ser amplios, y repentinos.

Los relativamente modernos vadeadores transpirables permiten caminar con ellos con tanta comodidad como con unos vaqueros de algodón, y no cabe duda de que suponen un gran avance cuando se trata de caminar varios kilómetros bajo un sol abrasador ascendiendo fuertes desniveles. En invierno y combinados con un interior en tejido polar también pueden ser suficientes como para afrontar sin miedo las bajas temperaturas de unas aguas que a principios de temporada son hielo y nieve apenas derretidos, pero en esas condiciones el neopreno no se hace tan incómodo como cuando ya el verano está bien asentado, e incluso puede resultar conveniente por su gran capacidad aislante.

No soy muy partidario de las clásicas botas de pesca, pues nos limitan el paso en multitud de puntos y obligan a lanzar desde puestos que a menudo no son los más idóneos. Aunque los arroyos de alta montaña no suelen ser muy profundos siempre encontraremos pozas excavadas por la fuerza de la corriente donde unos vadeadores hasta el pecho serán más prácticos.

Llevemos neopreno o tejidos transpirables, es importante que el calzado sea cómodo, resistente, más bien rígido, y con una suela a prueba de resbalones. Los vadeadores de calcetín suelen darnos en este punto ventajas con respecto a aquellos con bota incorporada. Las suelas de fieltro, mejor con clavos y con talón, son las más adecuadas en la mayor parte de las ocasiones, incluidas las placas de hielo que en la alta montaña a veces nos vemos obligados a cruzar. Sobre este punto tengo la experiencia cercana de un hermano que se rompió la muñeca, y menos mal que sólo fue eso, al resbalar en una ladera helada sobre la que yo, provisto de fieltro y clavos, acababa de cruzar sin problemas.

De cualquier forma, y aún con fieltro, la precaución no está de más. Más vale dar un rodeo cuando el paso directo debe hacerse brincando sobre peñas húmedas al borde del abismo, hay que seguir vivos para poder seguir pescando.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Tipos de pesca

PESCA A CEBO NATURAL

El cebo más usado es la lombriz por ello nos centraremos más en ella, aunque también es muy usado el saltón, el canutillo y la gusarapa, de todas maneras la forma de pesca es muy similar.

Se distinguen dos tipos de lombrices, las llamadas lombrices de tierra y las lombrices de basural. Las primeras son las más efectivas, pero también son las más difíciles de encontrar dada la poco agua en el terreno, y las segundas es fácil conseguirlas en algún montón de estiércol y en gran numero, aunque son mucho mas sucias que las de tierra.

El equipo para pescar a lombriz

Un buen equipo para la pesca con lombriz consta de:

- Caña: Las mejores son de fibra hueca, no del todo rígida y con una buena acción. Las mejores cañas suelen ser las de 3 o 4 tramos y las telescópicas. La longitud de estas suele estar entre los 3 y los 4 metros, dependiendo del tipo de rio donde se practique este tipo de pesca.

Tipos de cañas

- Carrete: El tipo de carrete optimo para este tipo de pesca es uno de lance ligero y de unos 250m de capacidad de bobina, para que los lances sean lo más largos y precisos posibles.

Carrete

- Nailon: El nailon más aconsejable, varía desde el 0,18 hasta el 0,22 y claro está que debe soportar de 3 a 4,5 o más kg. El color del nailon tiene que ser lo más parecido al agua posible.

- Plomos: Los plomos tienen que estar en relación con la modalidad de pesca que se quiera realizar. Pueden ser de gran peso si la pesca se realiza a fondo, y si se practica la modalidad de lombriz corrida, se tienen que poner plomos poco pesados y no muy visibles, como por ejemplo del número 00. (Unos 6 plomos o más).

- Anzuelo: El anzuelo debe de ser grande (del 8 al 1) dependiendo de las normas de cada tramo de rio.

PESCA A CEBO ARTIFICIAL

La cucharilla

Consiste en lanzar una cucharilla al agua y recobrarla haciendo que ésta ruede sobre si misma, aunque ser un experto exige cierta habilidad y destreza que se adquiere con el tiempo. Para pescar con cucharilla precisamos de un equipo no demasiado sofisticado ni caro, la marca y calidad de la caña y carrete depende económicamente del bolsillo del pescador, el equipo consistiría en:

- caña de carbono o grafito de 1.50 a 1.80 m de acción entre 3 y 15 gr.
- carrete de rodamientos ultrarrápido y de reducidas dimensiones.
- sedal de 16 a 22 centésimas de diámetro.
- todo tipo de cucharillas giratorias desde el nº 0 hasta el nº 2.

Para comenzar ha pescar con cucharilla hay que tener en cuenta la velocidad de la corriente, pues ésta puede ser más fuerte que el movimiento inicial de recuperación y enganchar la cucharilla en cualquier obstáculo del río. La acción del lanzamiento se efectúa dando un impulso a la cucharilla y soltando al mismo tiempo la línea, mientras se deja suelto el sedal que retiene el dedo índice. Seguidamente iniciar la acción de recuperación a fin de evitar que la cucharilla, por su peso se hunda y se enganche entre las piedras y obstáculos. Cuando recuperemos no debemos parar, dado que es posible que haya una trucha detrás de la cucharilla y al parar se desentienda de la persecución. La eficacia de la pesca con cucharilla depende en parte, de saber dar la velocidad adecuada a la recuperación y al grado de nerviosismo del animal.

EL COLOR DE LAS CUCHARILLAS

El color de las cucharillas varía según el enturbiamiento de las aguas, los fondos y la intensidad lumínica.

- Las cucharillas plateadas brillantes o cromadas son propias para aguas un poco turbias, en la primera o última hora del día, por ser más luminosas, mientras que las doradas son propias de aguas claras o muy claras en los días soleados.
- las doradas son eficaces en fondos pedregosos y arenosos.
- las cucharillas negras son propias para aguas muy claras.
- las cucharillas plateadas y doradas con puntos rojos son muy eficaces para la pesca de la trucha.

Es importante observar que la cucharilla ruede perfectamente dentro del agua y que la punta de los anzuelos de la ancorita sea muy afilada.

En el mercado existen muchos tipos de cucharillas en cuento al color y a la forma se refiere, pero aunque a simple vista resulten muy diferentes, en el agua su comportamiento es similar, aunque algunas incorporan colores o diferentes formas para ser más atractivas para los peces.

Las cucharillas, se relacionan con la marca del fabricante, así, podemos tener las VIBRAX, MEPPS, EVIA, TANGER, CELTA, etc.

En las siguientes ilustraciones, podemos ver varios tipos de cucharillas:

Mosca ahogada

La pesca a mosca ahogada se suele montar un “aparejo”, que lleva incorporado un buldó o boya.

Es recomendable utilizar una línea del 0,18 como cuerda que une la línea del carrete con la bola y un trozo para cada mosca del 0,16.

La boya o buldó se llenará de agua según el alcance que se quiera obtener. De un extremo del buldó hacia la caña se situaran las tres o cuatro mosca derivadas del hilo principal, al otro extremo del buldó irá situada otra mosca o ninfa que recibe el nombre de rastro.

A continuación hay varias ilustraciones que representan a moscas muy efectivas por sus formas y colores para este tipo de pesca.

       
       

Hoy día que está de moda la pesca a mosca (con cola de rata, se entiende) parece que también está de moda despreciar una modalidad tan bella y genuinamente española como es la pesca a mosca con buldó. Muchos pescadores de mosca seca que desprecian la pesca a buldó lo hacen porque nunca han sabido practicarla con ciencia ni la han llegado a conocer a fondo. A pesar de que hay pescadores de buldó por toda España, podríamos decir que ésta es una modalidad típicamente leonesa, que sus devotos emplean desde el primer día de la temporada hasta el último.

Cuando León era León, en términos de pesca de trucha nos referimos, las aperturas de temporada con mosquitos oscuros de la tierra eran apoteósicas. Incluso si los ríos bajaban crecidos, no era raro que en los remansos y las zonas más lentas se produjeran picadas constantes al mediodía. Y si las aguas eran demasiado frías y torrenciales el éxito estaba asegurado en los ríos regulados por embalses, como el Órbigo, el Luna o el Porma.

En León siempre se ha utilizado un axioma sencillo en la elección de la mosca: oscuras a comienzo de temporada para ir aclarándose a medida que avanzaba. Cuerpos negriscos, nazarenos o falangistas, con pluma de colgadera de tono indio acerado casi negro constituyen las “cuerdas” que hay que montar a comienzos de temporada.

Es preciso elegir una buena “tabla” o “rasera” al comienzo de la mañana para cuando llegue la eclosión, ya que lo más normal es que sea muy breve y haya que aprovecharla fondo. Es probable que no dure más de una hora en la que las truchas pueden estar comiendo de manera intensa, de modo que no merece la pena estar cambiando de sitio constantemente, pues se perderían muchas de las posibilidades. Al igual que con la cucharilla, es mejor elegir corrientes lentas o incluso tablas en las que apenas se mueva el agua. Son preferibles, asimismo, las zonas poco profundas, ya que en caso de inactividad o parcial actividad, en una zona poco profunda nuestra mosca puede ser tomada accidentalmente por una trucha cuando la pase a pocos centímetros de su morro, cosa que sería imposible en un pozo de tres metros de profundidad, pues las moscas pasarían demasiado lejos del fondo, donde se halla la trucha.

A mediados o finales de temporada es frecuente pescar a buldó aguas arriba, así como haciendo saltar al primer mosquito. Esta técnica no se debe emplear en ningún caso durante la apertura, ya que tiene sentido avanzada la temporada, cuando eclosionan los tricópteros, lo cual no va a ocurrir en la inmensa mayoría de nuestros ríos. Es preferible pescar tradicionalmente dejando derivar el aparejo, sin moverlo. Recomiendo usar “rastral” o mosca de cola, que muchos pescadores, de buldó desaconsejan por engancharse con frecuencia en la boya. La mosca rastrera, sobre todo si va lastrada, puede derivar bastante más profunda que las restantes y puede ser la única que dé resultado en los días que las truchas comen ninfas en el fondo.

Mosca seca

La pesca a mosca seca merece un capítulo aparte, sin desmerecer el resto de artes que se pueden emplear en la pesca.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Pesca en la zona

PescandoLa pesca de es uno de los más bellos y apasionantes deportes a los que el hombre puede dedicarse en sus ratos de ocio. Cualquier persona que haya tenido ocasión de practicarla, habrá podido comprobar que es una de las más sanas y hermosas aficiones, no exenta de emoción y de deportividad. Sacar del río una pez, con la caña, encierra en sí cierto embrujo de cuyo hechiRio Eriazo resulta difícil evadirse una vez que se ha caído en él por haberlo probado.

Son muchos los que tienen una idea falsa de este deporte, creyendo que la pesca con caña es una práctica aburrida, más que nada porque parten de una imagen simplista y, desde luego, errónea, que les hace creer que pescar consiste en lanzar el aparejo cebado al río y esperar pacientemente a que éstas quieran picar.

Si esto fuese así, ciertamente tendrían razón. Pero la verdad, como muy bien conocemos los ya iniciados, es otra: que ésta es una pesca plena de alicientes, que requiere una constante actividad y una mente vivaz, y en la que para lograr resultados positivos deben conjugarse debidamente una serie de factores o elementos indispensables.

Desde estas páginas vamos a intentar resumir el deporte de la pesca, siempre enfocado al rio Eria y a la zona de Torneros de la Valdería, intentando que la información contenida en estas páginas pueda ser de utilidad tanto al inexperto como al avezado.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Pruebas de capacitación

Sólo podrán obtener licencia para la tenencia y uso de armas largas rayadas para caza mayor o para escopetas y armas asimiladas las personas que superen las pruebas de capacitación que se determinan en la Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE núm. 290, de 4 de diciembre).

Igualmente deberán superar dichas pruebas los solicitantes de primeras autorizaciones que sean:

Mayores de 16 años y menores de 18, para uso de armas largas rayadas para caza mayor, o de tiro deportivo, de calibre 5,6 milímetros para competiciones deportivas.

Mayores de 14 años y menores de 18, para uso de escopetas y armas asimiladas, para la caza o para competiciones deportivas.

Extranjeros y españoles, mayores de 18 años, que tengan su residencia fuera de España, para uso de armas largas rayadas, y de escopetas y armas asimiladas, para la caza o para concursos deportivos.

Las pruebas a que se refiere el apartado anterior serán de carácter teórico y práctico. La prueba teórica versará sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas. La prueba práctica se realizará en campos, polígonos o galerías de tiro legalmente autorizados, y habrá de servir para comprobar la habilidad para el manejo y utilización de las armas que haya de amparar la licencia solicitada; si se solicitan simultáneamente las licencias “D” y “E”, la prueba práctica se podrá realizar con cualquiera de las armas de fuego que amparan dichas licencias.

Cada una de las pruebas dará lugar a la calificación de apto o no apto. Para poder realizar la prueba práctica será necesario haber superado la prueba de conocimientos. La declaración de aptitud en la prueba de conocimientos, que no sea seguida de la superación de la prueba práctica, tendrá una validez de seis meses contados desde la fecha en que el interesado fue declarado apto en aquélla.

Cada solicitud para obtener una licencia, presentada en la forma prescrita, dará derecho a tres convocatorias para realizar las pruebas. Entre convocatorias de un mismo expediente individual no deberán mediar más de tres meses, salvo casos de enfermedad u otros excepcionales, debidamente justificados ante la correspondiente intervención de Armas de la Comandancia de la Guardia Civil.

La fecha para la realización de las pruebas será fijada por la Intervención de Armas de la Comandancia de la Guardia Civil, previa petición del interesado, dentro de las que hubiera fijado a tal fin dicha Intervención; descontándose del plazo determinado en el párrafo anterior el tiempo que transcurra entre la fecha de presentación de la petición por el interesado y la fecha fijada por la Intervención para la realización de las pruebas. Cuando, por el exiguo número de solicitudes recibidas y tramitadas durante un mes, o por otras causas ocasionales debidamente justificadas, no se considerase procedente organizar unas pruebas de capacitación en una Comandancia de la Guardia Civil, ésta podrá remitir las solicitudes tramitadas a la Comandancia de una provincia limítrofe, previa consulta con ella y comunicándolo al interesado o interesados, a efectos de realización de las correspondientes pruebas.

La falta de presentación del interesado a cualquiera de las pruebas a que hubiera sido convocado, atendiendo a su petición, supondrá la pérdida de la convocatoria, salvo justificación de la imposibilidad de haber asistido.

Quedan exentos de la realización de estas pruebas para la obtención de licencias “D”, “E” y “F”, además de las personas que posean o hayan poseído licencias de armas “A”, “D”, “E” y “F”, quienes, al solicitar aquellas:

Sean titulares de autorizaciones especiales de uso de armas para menores, concedidas con anterioridad al 1 de septiembre de 1999, al amparo del artículo 109 del vigente Reglamento de Armas.

Hayan poseído autorizaciones reguladas en los artículos 110, 111 y 112 del Reglamento de Armas, concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 7 de marzo de 2000 (BOE núm. 60 de 10-03-00).

También quedan exentos de la realización de las pruebas de capacitación, cuando soliciten autorizaciones para uso de armas, las personas que hubieran superado dichas pruebas:

Al obtener autorizaciones especiales, con base en lo dispuesto en los artículos 109 y 110 del Reglamento de Armas.
Al obtener anteriormente licencias de armas, como residentes en España, si posteriormente hubieran pasado a residir fuera de España.
En todo caso, estarán exentos de la realización de las pruebas de capacitación, para la obtención de autorizaciones de tenencia y uso de armas largas rayadas para caza mayor, y de escopetas y armas asimiladas:

Los españoles y extranjeros con residencia en cualquier país perteneciente a la Unión Europea, que acrediten estar en posesión de licencias que habiliten para la tenencia y uso de dichas armas, expedidas por los países en que residan.

Los españoles y extranjeros con residencia fuera de España y de cualquier otro país perteneciente a la Unión Europea, que acrediten estar en posesión de licencias que habiliten para la tenencia y uso de las mismas armas, obtenidas en el país de residencia, mediante procedimientos que ofrezcan, a efectos de seguridad ciudadana, garantías idénticas, equivalentes o análogas a las exigidas en España.

Los interesados pueden solicitar la realización de las pruebas de capacitación en Comandancia distinta a la de su residencia; la declaración de aptitud de la prueba de conocimientos será válida para todo el territorio nacional.

La superación de las pruebas (teórica y práctica) para la obtención de las licencias “D” o “E” eximirá de su realización para la obtención de la que se solicite con posterioridad.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Documentación y solicitudes

La solicitud de expedición de las licencias de armas habrá de presentarse en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del interesado, aportando para la obtención (o renovación) de las licencias tipo B, C, D, E y F, la siguiente documentación con carácter general:

Instancia cumplimentada por el interesado.

Certificado de antecedentes penales en vigor.

Fotocopia del D.N.I. o tarjeta de Residencia (para extranjeros residentes en España) en vigor.

Certificado médico de aptitudes psicofísicas, con fotografía.

Justificante de haber realizado el ingreso de la tasa legalmente establecida, a favor del Tesoro Público en las entidades bancarias o cajas de ahorro colaboradoras, en la cuenta restringida de la Administración Tributaria.

Además de los documentos reseñados se acompañará a la solicitud los documentos específicos que a continuación se enumeran para cada licencia:

LICENCIA “C”

A través de la empresa u organismo en que preste sus servicios, se presentará:

Certificado o informe de su superior jerárquico o de la empresa, entidad u organismo en que preste sus servicios, en el que se haga constar que tiene asignado el cometido para el que solicita la licencia, y localidad donde lo ha de desempeñar.

Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de las funciones de seguridad, que se cotejará con el original y se diligenciará haciendo constar la coincidencia.

Declaración del solicitante, con el visto bueno del jefe, autoridad o superior de quien dependa, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o a procedimiento disciplinario.

LICENCIAS “D” y”E”

Licencia de caza en vigor o tarjetas federativas en vigor o informe de la Intervención de Armas y Explosivos de la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes.

LICENCIAS “F”

Tarjeta federativa en vigor. (Certificado expedido por la federación correspondiente acreditativo de su condición de socio, modalidad de tiro que practica y la categoría del tirador).

Cuando se trate de la obtención de licencias sucesivas, el solicitante que sea titular de armas correspondientes a la licencia que se solicita habrá de presentar, con la solicitud de nueva concesión, el arma o armas documentadas, personalmente o por medio de tercero autorizado por escrito y que cuente con licencia correspondiente al arma o armas de que se trate, a efectos de revista.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Licencia de armas

Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes el Reglamento de Armas atribuye tal competencia. Si se trata de personas residentes en un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la autoridad competente de dicho Estado.

La tenencia y el uso de las armas de las categorías 1ª, 2ª, 3ª, 7ª. 2 y 3, (cortas, largas rayadas para caza mayor, guardería, vigilancia y tiro deportivo, escopetas de caza y las accionada por aire o gas comprimido siempre que la energía cinética del proyectil exceda de 24,2 julios, las ballestas, las armas para lanzar cabos y el lanzador de ayudas) precisará de licencia de armas.

LICENCIA DE ARMAS “A”

La licencia de armas A documentará las armas de las categorías 1ª, 2ª y 3ª de propiedad privada del personal de las Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera, siempre que se halle en activo o en las situaciones que determina el artículo 114.2 del Reglamento de Armas. 

LICENCIA DE ARMAS “B”

Para armas de fuego cortas de particulares.

La licencia de armas “B” solamente podrá ser expedida a quienes tengan necesidad de obtenerla, y será competente para concederla la Dirección General de la Guardia Civil.

En la solicitud o en memoria adjunta se harán constar, con todo detalle, los motivos que fundamenten la necesidad de posesión de arma corta, acompañando a aquélla cuantos documentos desee aportar el solicitante, que sirvan para fundamentar la necesidad de usar arma, teniendo en cuenta que la razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión de la licencia, cuya expedición tendrá carácter restrictivo, limitándose a supuestos de existencia de riesgo especial y de necesidad.

Estas licencias tendrán tres años de validez, al cabo de los cuales, para poder usar las armas autorizadas con ellas, habrán de solicitarse nuevas licencias en la misma forma que las anteriores. Nadie podrá poseer más de una licencia “B”, y cada licencia no amparará más de un arma.

LICENCIA DE ARMAS “C”

Para armas de dotación del personal de vigilancia de seguridad perteneciente a empresas de seguridad y en general las entidades u organismos cuya constitución o funcionamiento cumplan los requisitos legalmente prevenidos de los que dependan personal de seguridad, etc.

El personal de los Cuerpos y organismos legalmente considerados auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y persecución de la criminalidad, así como los vigilantes de seguridad y personal legalmente asimilado, podrán solicitar de los Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil este tipo de Licencias.

LICENCIAS DE ARMAS “D”

Quienes precisen armas de la categoría 2ª.2 (armas de fuego largas rayadas para caza mayor) deberán obtener previamente licencia “D”.

Nadie podrá poseer más de una licencia “D”, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2ª.2.

La competencia para concederla corresponde a los Mandos de Zona de la Guardia Civil.

Con la licencia “D” se podrá adquirir un arma de la categoría 2ª.2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial.

Las armas de la categoría 2ª.2 deberán ser guardadas:

En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento.
En los locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas.

La adquisición, tenencia y uso de las alzas o miras telescópicas o artificios adaptables a las armas de caza mayor para aumentar su eficacia, solamente se permitirán a las personas que acrediten poseer licencia D para armas de caza mayor ante los establecimientos de venta, los cuales deberán comunicarlo a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.

LICENCIA DE ARMAS TIPO “E”

Los poseedores de armas de las categorías 3ª (armas de fuego largas para tiro deportivo, de calibre 5,6 milímetros, escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, armas accionadas por aire u otro gas comprimido, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios) y 7ª.2 y 3 (ballestas, armas para lanzar cabos y el lanzador de ayudas) precisarán licencia de armas “E”.

Las armas de las categorías 3ª (armas de fuego largas y rayadas para tiro deportivo), 7ª.2 (ballestas) y 7ª.3 (armas para lanzar cabos y el lanzador de ayudas), precisarán una licencia E de armas, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.

Nadie podrá poseer más de una licencia E, que tendrá cinco años de validez.

Será concedida por los Delegados del Gobierno, quienes podrán delegar en los primeros Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil.

Las licencias de armas de fuego para lanzar cabos serán expedidas por los Delegados del Gobierno, previo informe de los Comandantes de Marina.

LICENCIA DE ARMAS TIPO “F”

La licencia de armas “F” documentará las armas de concurso de tiro deportivo de afiliados de federaciones deportivas que utilicen armas de fuego para la práctica de la correspondiente actividad deportiva.

MAYORES DE SESENTA AÑOS

Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los párrafos anteriores, las expedidas a los mayores de sesenta años necesitarán ser visadas cada dos años por la autoridad competente, previa aportación por el interesado de informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud. Respecto a las expedidas a mayores de setenta años, dicha formalidad deberá efectuarse con carácter anual.

En los supuestos en que, al tiempo de la expedición de la licencia, por razones de posible enfermedad o defecto físico del solicitante susceptible de agravarse, se compruebe, a través de informe de aptitud o de pruebas complementarias, que no es posible expedirla para la totalidad del plazo normal de vigencia, la autoridad competente podrá condicionar el mantenimiento de dicha vigencia a la acreditación, con la periodicidad que la propia autoridad determine, de la aptitud psicofísica necesaria, mediante la aportación de nuevos informes de aptitud o la realización de nuevas pruebas complementarias, lo que, en su caso, se hará constar, en las licencias mediante los correspondientes visados.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Caza en la zona

CodornizLa caza es un deporte muy arraigado en nuestro país y más concretamente en nuestro valle del río Eria, esta página es para todos aquellos deportistas de la caza que en su afán de divertirse aman y disfrutan de la Naturaleza y de este Arte.

En nuestros montes podemos disfrutar tanto de caza menor, con especies como la perdiz y la codorniz como principales exponentes, como de la Corzoscaza mayor con ciervos, corzos, jabalíes y otras apreciadas especies.

Abunda en toda la provincia la caza menor: perdiz, codorniz, conejo, liebre, etc. Las aves acuáticas migratorias visitan cada año los lagos artificiales del Sil, Orbigo, Barrios de Luna, Porma, Esla. La caza mayor tiene en León gran importancia. Toda la parte leonesa de la Cordillera Cantábrica, los Montes de León y la Sierra de los Ancares constituyen el hábitat de rebecos, corzos, ciervos y jabalíes, territorios que, en buena medida, coinciden con las Reservas Nacionales de Caza de Ancares Leoneses, de Mampodre y de Riaño, con restricciones para la práctica cinegética.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

La web del Ayuntamiento de Castrocontrigo, por Fervienza

Parece ser que en la web oficial del ayuntamiento todo lo mejor que han podido poner sobre Torneros es que tenemos rasgos africanos en una descripcion bastante racial por llamarla de alguna manera. Hemos preparado una carta de protesta y esperamos que os movilicéis y la mandéis masivamente al ayuntamiento de castro para que eliminen estos comentarios.

La carta se expone a continuación, si la queréis mandar en formato word podéis descargarla pinchando en el enlace puesto al efecto en la parte superior derecha de esta página.

Correo del ayuntamiento de Castrocontrigo al que podéis enviar la carta: info@castrocontrigo.com

DESCARGA AQUÍ LA CARTA EN FORMATO WORD

Torneros de la Valdería a Martes 4 febrero de 2003

El pueblo de Torneros de la Valdería, quiere con esta carta, expresar su más profunda indignación, por el trato recibido, con motivo de la creación de la página Web del Ayuntamiento de Castrocontrigo.

Nos referimos en concreto al espacio donde se hace una descripción de sus habitantes (http://www.castrocontrigo.com/documentos/pueblos.htm), diferenciándolos del resto de la zona, sin que realmente existan dichas diferencias. Creemos que la pagina Web oficial del ayuntamiento, es una página partidista y que discrimina a los habitantes de Torneros de la Valdería, a la vez que ensalza excesivamente a los de Castrocontrigo, lo que podría llevar a problemas xenófobos en los términos referidos en dicha página.

Para evitar males mayores, exigimos a dicho ayuntamiento, al cual no deben olvidar pertenecemos, que retiren los comentarios y agreguen un poco más de información sobre las extracciones de oro por parte de los romanos y otros datos de interés sobre el territorio de Torneros de la Valdería, no solo centrándose en informaciones poco fiables en cuanto a la generalización de que exista unas diferencias raciales entre unos habitantes de la comarca y otros, frases tan poco afortunadas como: “Las características del origen árabe de los habitantes de Torneros se vienen conservando hasta nuestros días en el color de la piel y en la forma del rostro de gran parte de sus habitantes, así como el lenguaje local y el acento del mismo. Otro dato es que el sobrenombre de estos habitantes de Torneros era el de “Tikes”, denominación que también llevaron en otros pueblos de la provincia de Málaga, más próximos a África” nos parecen del todo imperdonables y en cualquier caso, encasilla al pueblo de Torneros de la Valdería y a su lenguaje diferenciándolos del resto de los pueblos de la comarca con un aire de inferioridad.

Por otra parte, nos parece que Torneros de la Valdería no esta lo suficientemente presente en el Web del ayuntamiento, como si sólo tuviera de interés sus zonas de baño. Esta falta de información nos parece muy poco inteligente y denota muy poco trabajo de documentación, sólo decir que en la historia de la “villa” de Castrocontrigo se habla de unas murias, zona que también esta en Torneros de la Valdería y, de la ocupación de los árabes de Castrocontrigo parece que no quedaron rastros visibles en el color de la piel y rostros de sus habitantes…

Rogamos encarecidamente que se retiren esas frases, digamos poco afortunadas y reciban un mayor y mejor trato el resto de pueblos de la comarca ya que comprobamos que se habla de Castrocontrigo con un aire de superioridad y ensalzando virtudes quizás más de lo necesario.

Gracias por su atención y esperamos atienda nuestra petición lo antes posible.

Atentamente:

- Noticias relacionadas:

- Podéis ver la página que ha originado la protesta pinchando aquí

- La página web del ayuntamiento de Castrocontrigo

- Pantallazo de la polémica:

- Carta enviada al Diario de León por el administrador de la página web de Torneros de la Valdería:

Estimados amigos,

El pueblo de Torneros de la Valdería ha iniciado una protesta contra la página web oficial de su ayuntamiento Castrocontrigo por lo que nos parece un trato discriminatorio, vegatorio e incluso con tintes xenofobos en cuanto al resto de municipios que componen la comarca y se citan en dicha página web.En virtud de estos datos, el pueblo de Torneros de la Valdería ha creado una carta de protesta para que todos los ciudadanos y simpatizantes puedan enviarla a dicho ayuntamiento por correo electrónico con el fin de que se retiren las palabras que consideramos ofensivas hacia nosotros, y en cualquier caso denotan un trato de inferioridad sobre el resto de los pueblos de la comarcaLes envío un pantallazo de las desafortunadas palabras que se citan en dicha página web y les invito a conocer todos los datos en la página de Torneros de la Valdería: www.geo.ya.com/tornerosnet y en concreto en la dirección http://www.geo.ya.com/tornerosnet/protesta.html Agradeciendoles su atención si lo estiman correcto pueden dar a conocer el trato que se otorga a pequeños municipios de la provincia a través de sus ayuntamientos. Un saludo,

El pueblo de Torneros de la Valdería

- Portada del Diario de León en Martes 18 de febrero de 2003 (descargala aquí, formato pdf)

- Artículo 1º del Diario de León en Martes 18 de febrero de 2003:

LOS MOROS DE LA MORERÍA

La web oficial dice que los de Torneros de la Valdería tienen rasgos árabes y la piel oscura
La página del Ayuntamiento indica que su origen arábigo se conserva en la tez, las facciones, el lenguaje y en su acentoTORNEROS DE LA VALDERÍA, MOROS DE LA MORERÍA

La página web oficial del Ayuntamiento de Castrocontrigo afirma en el apartado en el que describe los pueblos que lo integran el municipio que los habitantes de Torneros de la Valdería todavía conservan los rasgos de sus primeros moradores: los árabes. La página, que puede consultarse en internet desde hace seis meses, afirma con toda naturalidad que los vecinos preservan su origen árabe en el color de su piel, en las facciones de su rostro en el lenguaje y en el acento. Estas afirmaciones no han pasado desapercibidas para algunos vecinos de Torneros que ya han iniciado una recogida de firmas para desmentirlas y un foro crítico en su propia página web.
Hugo I. Ferrón Redacción LEÓN.

«Las características del origen árabe de los habitantes de Torneros se vienen conservando hasta nuestros días en el color de la piel y en la forma del rostro de gran parte de sus habitantes, así como en el lenguaje local y en su acento. Otro dato es que el sobrenombre de estos habitantes de Torneros era el de Tikes, denominación que también llevaron en otros pueblos de la provincia de Málaga, más próximos a Africa».

Esta aseveración tan categórica, y supuestamente contrastada, se recoge en el apartado de pueblos de la página web oficial del Ayuntamiento de Castrocontrigo, al que pertenece Torneros de la Valdería. La descripción no ha sentado nada bien a los vecinos de esta pequeña localidad de 120 habitantes situada en las estribaciones de la Cabrera, sobre todo porque en el mismo dominio de internet se asegura que los vecinos de Castrocontrigo, situado a unos cinco kilómetros de Torneros, descienden de un pueblo astur llamado los arios.

El primero en percatarse de las supuestos rasgos raciales y lingüísticos diferenciadores de los habitantes de Torneros fue una persona nacida en el pueblo que creó hace dos años una página Web sobre Torneros de la Valdería con la que se comunican sobre todo emigrantes y descendientes de personas nacidas en el pueblo. De la sorpresa inicial se pasó a la indignación y varios vecinos iniciaron una recogida de firmas para suprimir de la citada página tales afirmaciones. Además, en www.geo.ya.com/tornerosnet se puso en marcha un foro en el que vecinos y veraneantes -no hay que olvidar que este pueblo cuadriplica su población en época estival- intercambian opiniones sobre la veracidad de esa información. Algunos vecinos también se quejan de que en la página no se recoge prácticamente el pasado minero del pueblo y que en general se destaca Castrocontrigo por encima del resto de localidades del Ayuntamiento.

- Artículo 2º del Diario de León en Martes 18 de febrero de 2003:

Diferencias raciales en 5 kilómetros
TORNEROS DE LA VALDERÍA, MOROS DE LA MORERÍA
H.I.F Redacción LEÓN.

Los vecinos de Torneros de la Valdería no están muy de acuerdo con los estudios antropológicos y entnográficos efectuados en su día por el historiador Antonio Justel y sobre los que se asienta la afirmación, recogida en la página web del Ayuntamiento de Castrocontrigo, de que todavía persiste en ellos los rasgos de los conquistadores árabes que hace unos 700 años recalaron, supuestamente, en la zona. Algunos vecinos manifiestan su indignación mientras que a otros les parece una broma pesada que no saben muy bien a quién atribuir.

Santiago Domínguez, propietario de un bar en Torneros y uno de los primeros en alzar la voz contra las afirmaciones vertidas en la Web de Castrocontrigo, se inclina a pensar a que el alcalde, Aureliano Fernández, «no ha obrado con mala intención», aunque sí considera que se podría haber tratado con más rigor el tema, lo que hubiese evitado que unas afirmaciones tan dudosas llegasen a un medio Internet.

«No tenemos nada contra los árabes, pero creo que es evidente que no tenemos nada que ver con ellos», asevera Santiago, al que le ha sentado mal «que mientras los de Torneros tienen rasgos árabes, los de Castrocontrigo desciendan de los Arios», un pueblo astur que fue el que colonizó la cabecera del municipio según lo recogido en la propia Web del Ayuntamiento. La homonimia ha llevado a que la raza en nombre de la que decía luchar un dictador alemán de la primera mitad del siglo coincida con esta tribu astur, lo que ha encendido los ánimos de muchos cibernautas oriundos de Torneros que descargan su enfado en la página de esta última localidad, que tiene un foro dedicado a debatir en exclusiva esta polémica.

En Torneros, un pueblo tranquilo que alcanza en verano los 500 habitantes gracias al retorno temporal de los vecinos que en su día marcharon a ganarse la vida a Madrid, el País Vasco o al extranjero llegando a alcanzando los 500 habitantes, todavía había ayer gente que desconocía que los cinco kilómetros que los separan de Castrocontrigo escondiesen diferencias raciales que se han mantenido inalterables desde los tiempos de Almanzor, según las tesis del Antonio Justel.

«Siempre se dijo que algo de gallegos teníamos, pero de árabes no tenía ni idea», comenta una vecina que se mostraba convencida de que la Corporación municipal no habría obrado con mala intención. Otros vecinos, en cambio, creen que detrás de las afirmaciones de la web del Ayuntamiento podría encontrarse la rivalidad que siempre ha existido entre ambos pueblos. «Ellos siempre han querido ser más que nosotros», comentaba otro vecino, al que no extrañan unas opiniones que considera van más allá de una simple salida de tono.

- Artículo 3º del Diario de León en Miércoles 19 de febrero de 2003:

Castrocontrigo retira de su web la mención a los rasgos árabes de los habitantes de Torneros
Hugo I. Ferrón Redacción LEÓN.

El Ayuntamiento de Castrocontrigo se apresuró ayer a retirar los comentarios en los que se afirmaba que los vecinos de Torneros de la Valdería todavía conservaban en su tez, en las facciones y en la lengua los rasgos árabes de los primeros moradores del pueblo y que estuvieron «colgados» en Internet desde hace seis meses.

En la página web también se piden disculpas en nombre del Ayuntamiento a todos aquellos vecinos de Torneros que pudieron sentirse ofendidos por la información introducida en Internet, «con la que en ningún momento se pretendió herir las sensibilidades de nadie».

La respuesta del alcalde, Aureliano Fernández, ante las protestas de los habitantes de esta pequeña localidad de 120 habitantes fue así fulminante y ayer solicitó a la empresa encargada del mantenimiento de la página web del Ayuntamiento la retirada de esos comentarios sobre la supuestas diferencias raciales de los vecinos de Torneros, y que responden a las investigaciones de Antonio Justel, un historiador local fallecido hace un año. El Ayuntamiento también incluye en su dominio una nota en la que se aseguraba que su intención no era «distorsionar la información ni herir sensibilidades» y se piden disculpas «a todos los que pudiesen sentirse ofendidos».

El alcalde de Castrocontrigo reconoció ayer que «nadie había comprobado la información sobre Torneros» que se había facilitado a los creativos que habían elaborado la página web y se lamentaba de que el historiador del que se tomó la documentación «no la hubiese contrastado con la realidad». Avelino Fernández insistió en que los comentarios sobre Torneros, con cuyos vecinos le unen «muchos lazos de amistad», no eran más que «un error».

«Bierzoportal» se defiende

El responsable de la empresa que diseñó la página web de Castrocontrigo y que también se ocupa de su mantenimiento aseguró ayer «que se habían limitado a incorporar a la red la información facilitada por el Ayuntamiento» y que nada tiene que ver con los comentarios vertidos en ella.

- Artículo 4º del Diario de León en Jueves 20 de febrero de 2003:

Nogarejas también denuncia errores en la web municipal sobre el pueblo
La junta vecinal pide que se documente la información y se suma a las críticas de los vecinos de Torneros CASTROCONTRIGO

La página web del Ayuntamiento de Castroncontrigo presenta incorrecciones en los datos que se refieren a la pedanía de Nogarejas, según manifestó ayer a este periódico el concejal de la UPL y presidente de la Junta Vecinal, Álvaro Campo Diéguez. Campo, que no considera que estas imprecisiones sean fruto de la mala fe, denuncia que la información relativa a los orígenes de Nogarejas no está contrastada y que la fotografía del retablo de San Lorenzo no se corresponde con esta obra, sino con el de San Joaquín y Santa Ana, entre otras incorrecciones. El edil aseguró que se había advertido al alcalde de estos errores.
Alberto Domingo Redacción LA BAÑEZA.

Álvaro Campo, concejal del Ayuntamiento de Castrocontrigo y pedáneo de Nogarejas manifestó ayer que en la página web del Ayuntamiento «se han corregido los errores relativos al origen de los habitantes de Torneros, pero le habíamos advertido al alcalde, por activa y por pasiva, de que existen otros defectos de fondo y forma».

Campo se refiere en concreto a los datos sobre el origen de Nogarejas «que no han sido contrastados y pueden inducir a error». Según la web, Nogarejas se formó por el asentamiento en su territorio de pastores procedentes de San Esteban de Nogales «y da la sensación de que se apropiaron de esos terrenos de forma indebida. La Junta Vecinal de Nogarejas encargó un informe para confeccionar el escudo del pueblo y no disponemos de esa información. Desde luego, el historiador a la que se le atribuye, que parece que ya ha fallecido, poseía datos que el resto de los mortales desconocemos», por lo que instó al alcalde, Aureliano Fernández, del Partido Popular, a que «los documente, si son ciertos».

Álvaro Campo quiso aclarar que «no es ningún deshonor proceder de pastores ni ser pastor, pero la primera información escrita de que disponemos sobre Nogarejas data de 1199», en concreto un litterae executoria del papa Inocencio III, a propósito de un litigio motivado por el pago de los diezmos de unas tierras y viñas.

- Artículo 5º del Diario de León en Jueves 20 de febrero de 2003:

«Retirar la página para corregirla»

El pedáneo de Nogarejas, Álvaro Campo, manifestó su malestar porque la web del Ayuntamiento no recoge la existencia del consultorio médico, «que también da servicio a Pinilla de la Valdería y Pobladura de Yuso» y porque «la página web sólo ensalza a Castrocontrigo, que, sin duda, es el núcleo más importante, pero los demás también tenemos cosas que deben reflejarse».

Campo señaló que otro de los fallos, ya corregido, es que su pueblo aparecía en la web como Nogarejas de la Valdería: «Es cierto que estamos en esa comarca, pero Nogarejas nunca ha tenido esos apellidos». También se queja de que el retablo de San Joaquín y Santa Ana, confundido con el de San Lorenzo, el mayor de la iglesia homónima, «se fotografió sin las imágenes» y que, en el texto «no se cita el siglo en el que se hizo el retablo mayor, ni al autor». En concreto, el retablo de San Lorenzo es obra de Gregorio Español y data de finales del siglo XVI su encargo y de principios del XVII su finalización.

Álvaro Campo indicaba ayer que, ante los errores de la página, «la solución más correcta consistía en retirar la página hasta que los errores se hubieran subsanado en su totalidad».

- Rectificación en la web de castro (Nota del Alcalde):

El Ayuntamiento de Castrocontrigo, ante las quejas surgidas por cierto contenido empleado en la información sobre Torneros, ha procedido a su retirada de esta sección. A su vez, desde el Ayuntamiento se quiere dejar claro que en ningún momento se ha pretendido distorsionar la información o herir sensibilidades, sino todo lo contrario, dar a conocer las excelencias de nuestra tierra y nuestras gentes a través de La Red. Si alguien se ha sentido ofendido, nuestras más sinceras disculpas, no siendo nunca nuestra intención.

- Rectificación en la web de castro (Nuevo texto en el apartado de Torneros de la Valdería):

Su origen se halla en un grupo de árabes, que juntándose en pequeña comunidad, se quedó conviviendo entre los cristianos después de la Reconquista y se estableció en el lugar que hoy ocupa dicho pueblo, cuyo nombre se le aplica por hallarse en un gran recodo del viejo camino que, procedente de los vecinos pueblos de la provincia de Zamora, daba acceso a la Cabrera. Este recodo en el lenguaje local recibía el nombre de “tornero”. A esto se añade que frente al pueblo, al otro lado del río, se construyó un muro de grandes piedras, del que aún quedan restos de cimiento, que se extendía desde la margen del río hasta las peñas de las cumbres de la sierra. A este muro se le denominaba asimismo tornero, porque era donde los animales perseguidos hacían la torna en las operaciones de caza. Un pequeño grupo de cazadores se instalaba en lo alto de las peñas y otro grupo más numeroso de personas desarmadas se dedicaba a hacer ruido, a través del monte, empezando por los parajes de los pueblos de Manzaneda y Morla. Los animales espantados huían valle abajo y al llegar a dicho muro no podían pasar adelante porque el muro lo impedía; tampoco podían pasar al otro lado porque lo impedía el río, y de esa manera eran fácilmente cazados. De Torneros no debemos olvidar, por otro lado, su esplendoroso pasado minero (+ información en: www.geo.ya.com/tornerosnet).

- Recortes de los artículos publicados en el Diario de León, con fotos y entrevistas a tornireses:

Recorte 1

Recorte 2

Recorte 3

Recorte 4

Recorte 5

Recorte 6

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Descubrir de verdad la Cabrera profunda

Hoy, Lunes 24 de Febrero de 2003, sale publicado en el Diario de León el siguietne reportaje:

Descubrir La Cabrera profunda
RETABLO LEONÉS

Como un milagro posible gracias a los ríos Eria y Cabrera, el ángulo suroeste de la provincia de León cuenta con 37 pueblos agrupados en cuatro municipios: Benuza, Castrillo de Cabrera, Encinedo y Truchas, formando los tres primeros la comarca de la Cabrera Baja, cuyas aguas vierten a la cuenca del Miño, mientras que el cuarto de ellos, con sus trece núcleos de población, conforma por sí solo la subcomarca de la Cabrera Alta, y sus aguas corren hacia la Meseta en la cuenca del Duero.

Otros dos municipios, Castrocontrigo y Castrocalbón, comparten tierras cabreirenses, pero nuestro apunte no sale de la que consideramos Cabrera profunda, circunscrita a los cuatro señalados. Este rincón leonés, cuya historia, cultura y subsistencia, son altamente desconocidos por nuestros paisanos, que mantienen una idea de desarraigo, y quizá de insolidaridad, con las buenas gentes de La Cabrera.

Parece ser que cuando su majestad, el rey Alfonso XIII viajó en el año 1922 a Las Hurdes, quedó desagradablemente sorprendido de la calidad de vida que soportaban los integrantes de aquella región extremeña, y vuelto a Madrid presionó al Gobierno para que se arbitrasen medidas encaminadas al desarrollo cultural y económico de aquella comunidad tercermundista. El resultado de las inquietudes reales se plasmó en la creación de un patronato de acción especial sobre las Hurdes.

Con este motivo, la sociedad española de los años veinte, se sensibilizó sobremanera con los problemas de marginación que sufrían ciertas regiones españolas, entre las que se encontraba en primera línea la que nos ocupa, por lo que también La Cabrera gozó del beneficio de una Comisión legitimada en La Gaceta de Madrid allá por junio del año 1932, que con los avatares políticos de la Época, y el desastre nacional de la Guerra Civil, no pasó de ser una buena declaración de intenciones.

Al hilo de la historia

Pero La Cabrera también había tenido un pasado distinguido y lleno de contenido en el concierto social de los primeros asentamientos prerromanos, romanos y medievales. Los vestigios primitivos han sido profundamente estudiados por la doctora Inmaculada Aladro Majúa, quien lo manifiesta en su documentada obra La Cabrera: Tradición y Cultura, de la forma siguiente: «Las coronas que conocemos, Castrohinojo, Corporales y La Baña, muestran un gran cerco defensivo de fosos con entradas en ocasiones camufladas, signo indicativo de la belicosidad de sus pobladores. Fueron salvajemente arrastrados en las proximidades cronológicas de las Guerras Cántabras, implicando un traslado de población como consecuencia de la quema del poblado».

En cuanto a los asentamientos romanos, la misma autora señala como principales los que corresponden a los castros de Nogar, Saceda, Castrillo de Cabrera, Truchas y Corporales, vinculados todos ellos a la época en que la fiebre del oro desplazó a un buen contingente de hombres del Imperio a dirigir los trabajos de extracción apoyados en una enorme masa de esclavos y las correspondientes legiones que aseguraban la llegada íntegra del precioso mineral a las arcas de Roma.

Como en el resto de la provincia, o quizá con mayor intensidad, La Cabrera vivió plenamente las instituciones del Alto Medievo. La Iglesia, con el establecimiento monacal que caracterizó esta época, estuvo presente en toda la comarca, y la sonoridad de santos genuinamente leoneses, como Santo Martino o San Genadio, llenaron con sus ecos las fundaciones que aglutinaba el monasterio de San Pedro de Montes, conocidas con todo detalle a través de la numerosa documentación conservada, que recoge los privilegios, exenciones, y cartas de donación de este monasterio.

También la nobleza tuvo su arraigo en esta zona y se conoce la existencia de un Conde de Cabrera, que administró estas tierras desde fechas posvisigóticas, con jurisdicción feudal sobre toda la región, dividida en tres señoríos denominados Cabrera, con su castillo en Truchas; Losada, en la zona de Nogar; y Ribera, con asiento en Castrillo de Cabrera.

La Baja Edad Media y la Moderna, fueron testigo de la decadencia de esta vieja comarca, que quedó aislada de las vías convencionales. La antigua vía romana, que desde Castrocontrigo recorría La Cabrera hasta llegar a la desembocadura del río Sil, nos lleva hacia los pueblos de Morla, Villar del Monte, Quintanilla de Yuso, Truchas…, donde el viajero hace un alto para contrastar los vestigios romanos de este rancio poblado que debe su nombre a la presencia de los druidas prehistóricos, con el renovado caserío actual. Dos pueblos se han disputado tradicionalmente la hegemonía de La Cabrera Alta: Corporales, que es el único de ambas Cabreras que tiene rango de villa, y Truchas, capital del municipio. Tanto uno como otro hunden sus raíces en los primeros tiempos de la ocupación mesetaria.

En Truchas, con abundantes restos que lo avalan, se puede contrastar el antiguo asentamiento de la población en el Alto del Salvador, al Noroeste del actual conjunto de la población, donde los restos evidentes de un antiquísimo castro delatan la presencia humana en épocas remotas. Un puente romano sobre el Eria, enfocado hacia las explotaciones auríferas del Teleno, y las ruinas de una fortaleza de tintes visigóticos elevada sobre un cerro en la confluencia de los ríos Truchillas y Eria, confirman la continuidad ininterrumpida del hombre en este pueblo.

Corporales, el mayor núcleo poblado de la Alta Cabrera con 200 habitantes, conserva abundantes restos de tipo funerario así como numerosos útiles de bronce procedentes del castro romano.

No hay que olvidar que en las proximidades de este pueblo se encuentran algunos de los canales que conducían el agua a las impresionantes explotaciones de Las Médulas.

Es una pena que sólo este municipio de Truchas haya perdido en los últimos cincuenta años 2.128 habitantes de los 2.848 que mantenía en los años cincuenta.

PROTESTA:

Lo único que merece la pena de este reportaje es la fotografía del carro chillón. El resto no es más que paja y datos muy incongruentes. En primer lugar, tengo que decir que el Diario de León se empeña en añadir a Castrocontrigo y Castrocalbón con Cabrera. El periodista fijo que nunca se ha pasado por nuestros pueblos, porque tan sólo tiene que fijarse en la arquitectura para darse cuenta que en Castrocontrigo las casas son totalmente diferentes a las de Cabrera. Sólo uno de los pueblos de ese municipio, Morla, conserva casas típicas de Cabrera, ya que está en el límite oriental de la comarca y hace tiempo, perteneció a la misma. Por el resto, Castrocontrigo y Castrocalbón tienen su propia cultura bien diferenciada de Cabrera.

Resulta que tampoco añade a Puente de domingo Flórez, cuando todos sabemos que desde la reforma administrativa de la comarca en 1981 este municipio pertenece a la mancomunidad de Cabrera. Cito textualmente del “Estudio Socio-Económico del año 81:

“Aunque en general, los entrevistados coinciden en que este tipo de actuaciones son ífíciles de realizar, sin embargo, todos reconocen que son necesarias, por lo menos a plazo medio.

Por nuesta parte, creemos también que la concentración urbana en la Cabrera es necesaria y que debe planificarse al mismo tiempo que la reforma administrativa>>, y teniendo en cuenta en ambos casos, muy presente el plan de carreteras. En todo caso, debería realizarse antes de planificar los equipamientos urbanos, sobre todo los comunitarios que se piensan establecer. Pues, sería poco o nada rentable, socialmente hablando, dotar de equipamiento a núcleos de población que sociológicamente, están llamados a desaparecer en un periodo de tiempo relativamente corto. Y, en La Cabrera, bastantes de sus 37 núcleos se encuentran en esta situación. Recomendamos una observación detenida y desapasionada a las “pirámides poblacionales” que figuran en el cap. 4° del Estudio para convencerse de esta realidad, por dolorosa y hasta cruel.que pueda parecerle a alguno.

En cuanto a la “reforma administrativa”, hemos elaborado varias hipótesis, cada una de las cuales puede verse claramente expuesta en los planos que figuran a continuación.

Las hipótesis propuestas podrían formularse en los siguientes términos:

la HIPÓTESIS: DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN TRES MUNICIPIO, INTEGRANDO PARTE DEL ACTUAL DE BENUZA EN EL DE EL PUENTE D. FLOREZ; Y AÑADIENDO EL RESTO AL ACTUAL DE ENCINEDO-CASTRILLO CON SU “CAPITALIDAD” EN LA BAÑA.

La distribución quedaría de la forma siguiente:

A) M. DE EL PUENTE D. FLOREZ, comprendiendo su demarcación actual, y añadiéndole los siguientes núcleos: Pombriego, Benuza, Sotillo, Yebra, Santalavilla, y Llamas.

B) M. DE LA BAÑA, comprendiendo los actuales municipios de Encinedo y Castrillo, y añadiéndole los núcleos de: Sigüeya. Lomba y Silván.

C) M. DE TRUCHAS, comprendiendo su demarcación actual con la “sugerencia” de incorporar al Municipio de Castrocontrigo los núcleos de Pozos, Manzaneda y Villar del Monte.

2a HIPÓTESIS: EL TERRITORIO CABREIRES QUEDARÍA REDISTRIBUIDO EN TRES MUNICIPIOS, UNIENDO EL DE CASTRILLO AL DE ENCINEDO; Y MANTENIENDO LOS DE BENUZA Y TRUCHAS COMO ESTÁN ACTUALMENTE

3a HIPÓTESIS: LO MISMO QUE EN LA 2a HIPÓTESIS, PERO EL NUEVO MUNICIPIO, RESULTANTE DE UNIR EL DE CASTRILLO Y DE ENCINEDO, TENDRÍA COMO “CAPITALIDAD” A QUINTAN ILLA DE LOSADA.”

El informe aporta datos culturales que manifiestan claramente que Puente de Domingo Florez comparte la mayoría de los rasgos culturales con La Cabrera, aunque no su lengua. La opción que se tomó más adelante fué la de la primera hipótesis pero manteniendo los 5 ayuntamientos de la zona, ya que consideraron que la explotación de pizarra atraería a más explotación. En la primera hipótesis decidieron unir municipios ya que el aumento cuantitativo de habitantes por ayuntamiento conlleva un aumento de presupuesto municipal “per capita”, vía transferencias de la Administración central. Históricamente, Puente de Domingo Florez no era parte de La Cabrera, y si lo eran pueblos gallegos como Lardeira y Casayo, al igual que otros pueblos leoneses como Morla de la Valdería. Pero indudablemente hay muchos aspectos que manifiestan que Puente es Cabreirés, uno de ellos es la Arquitectura Popular, que es común a toda la zona, incluyendo Puente. Es natural que en Puente se hable gallego, ya que es límite occidental de la comarca y frontera con esa comunidad.

En cuanto a la historia de Cabrera que menciona el reportaje incluye datos incorrectos como lo de el conde de Cabrera. En realidad en 1602 se elaboran las ordenanzas para la gobernación de Cabrera, que estaba dividida en tres Partidos, representados por sus respectivas Juntas:

- Cabrera y Valle de Odollo

- Valle de Losada

- Ribera y Casayo

Y estas Juntas, a su vez, estaban constituidas por un representante de cada uno de los treinta y nueve Concejos. Las reuniones del Partido de Cabrera y Valle de Odollo se celebraban en la villa de Corporales (estaban representados todos los pueblos de Cabrera alta –excepto Villarino, integrado en el Partido del Valle de Losada- y cinco pueblos de la Ribera: Odollo, Castrillo, Saceda, Noceda y Nogar) (el reportaje se equivoca aquí al manifestar que las reuniones se realizan en Truchas). Las reuniones del Valle de Losada tenían lugar en Quintanilla de Losada ( y no en Nogar como afirma el reportaje). Y el Partido de Ribera y Casayo celebraba sus reuniones en Sigüeya (también se equivoca aquí diciendo que se realizaban en Castrillo). A este partido se le sumaban los pueblos de Casayo y Lardera que ahora pertenecen a Orense.

Y en cuanto al castro de Truchas, se sabe de sobra que es romano, aunque pudo ser un antiguo asentamiento celta, pero hoy día no hay anda que lo confirme. Así que lo de: “el antiguo asentamiento de la población en el Alto del Salvador, al Noroeste del actual conjunto de la población, donde los restos evidentes de un antiquísimo castro delatan la presencia humana en épocas remotas” no es que tenga mucha veracidad, creo que lo escribe para dar cierto énfasis al texto.

En fin, tal vez tendríamos que enviarle un email a el diario de León advirtiéndoles de todos sus datos erróneos así como hicisteis vosotros con la web de Castrocontrigo hace poco.

Posteado por: tornerosdelavalderia | 28 Marzo, 2008

Los puentes de Torneros

El siguiente reportaje aparecido el viernes 28 de Febrero de 2003 lo resume todo:

Los vecinos protestan por el estado de ruina de los puentes sobre el Eria

El derrumbe parcial de los pasos impide el tránsito hacia tierras de labranza y domicilios particulares TORNEROS DE LA VALDERÍA

Torneros de la Valdería tiene, cuando menos, mala suerte con sus puentes. Ya el año pasado, los vecinos se quejaban de la demolición del de la carretera de la Cabrera, al que sustituyó uno de nueva factura, con motivo del arreglo de la citada vía, y ahora manifiestan su pesar por el estado que presentan los conocidos como el de Los Barriales y El Pozolito, ambos sobre el Eria. El primero de ellos, que da acceso a una cantera, hace ocho años que vino abajo, mientras que el de El Pozolito no se puede cruzar con vehículos desde hace un mes, con los trastornos que conlleva para los habitantes de esta localidad.

Alberto Domingo Redacción LA BAÑEZA.
Norberto

La caída de una pilastra del puente de El Pozolito impide atravesarlo en vehículos

La cada de una pilastra del puente de El Pozolito impide atravesarlo en vehculos Torneros de la Valdería se queda sin puentes, dicen los vecinos de esta localidad del municipio de Castrocontrigo. Hace ocho años, el puente de Los Barriales se venía abajo, problema que solucionaron los empleados de una gravera a la que se accede por dicho viaducto rellenando de tierra la parte que se derrumbó, labor que tienen que realizar con cierta frecuencia, según relatan los vecinos, cada vez que el río Eria se lleva el relleno. Posteriormente, y como ya se informó en su día, los de Torneros manifestaron su malestar por la demolición del antiguo puente de la carretera de La Cabrera, construido con el sudor de los lugareños allá por la época de Franco.

Ahora es el de El Pozolito el que no se atreven a cruzar en vehículos a motor desde hace alrededor de un mes, dada la forma en «v» que presenta tras hundirse una pilastra, debido a su lamentable estado. Este puente se construyó de madera y daba acceso a tierras de labranza, en su mayoría de baldío ahora, y posteriormente lo arregló el conocido Icona, por servir de acceso no sólo a las explotaciones agrícolas, sino también a los pinares de la zona.

También el de Los Barriales se construyó de madera y, con el tiempo, se sustituyeron sus pilares de troncos con otros de cemento. El río se encargó de horadar sus cimientos para echarlo abajo, dificultando el acceso tanto a la gravera como a las viviendas construidas en la otra orilla del Eria y que, principalmente, se utilizan en verano, cuando los hijos de Torneros regresan a sus orígenes con motivo de las vacaciones.

Mala alternativa

La alternativa de los vecinos de Torneros pasa por acceder al otro lado del cauce por el puente de la carretera, el de la Cabrera, para después tomar un camino que con las lluvias se ha vuelto «casi impracticable» y supone un desvío de tres kilómetros. Cuentan que la adjudicación reciente de unos lotes de leña llevó a que se transportaran estos hasta El Pozolito, para almacenarlos junto al paso y cargar con ellos a pie, por el puente, hasta la otra orilla, para cargarlos en otros vehículos.

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